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Actualidad de PI

Ver actualidad y novedades prácticas de propiedad intelectual

Las marcas chinas sin uso podrán cancelarse de oficio, mientras cambian las tasas de Madrid y el examen en EE. UU.

JCIP Weekly Brief | Boletín PI

Edición: JCIPWB2610#1

Esta edición se centra en el tratamiento que la nueva Ley de Marcas de China da a los registros sin uso y a las solicitudes acaparadoras, en los cambios de tasas de Madrid para Arabia Saudí, Israel y Canadá, en las herramientas de IA y la tendencia de las RCE en el examen de la USPTO, en la frontera del derecho de autor sobre contenidos generados con IA y en la vía probatoria de la protección de marcas notorias en la India.


Últimas publicaciones

13 de septiembre de 2026

El 11 de septiembre de 2026, la Oficina de Propiedad Intelectual de Singapur (IPOS), junto con organismos vinculados a la gobernanza digital, publicó una actualización de sus orientaciones prácticas sobre contenidos generados por IA y responsabilidad de las plataformas en materia de derecho de autor. El documento precisa las condiciones operativas que deben cumplir las plataformas cuando pretenden acogerse a mecanismos de puerto seguro, con especial atención a sistemas de aviso y retirada rápidos y legibles por máquina. También aporta criterios más definidos sobre el uso de obras protegidas en el entrenamiento de grandes modelos y sobre el alcance de las excepciones aplicables.

Para desarrolladores y plataformas, el cambio práctico está en la trazabilidad. El origen de los datos de entrenamiento, la situación de las licencias, la base para el acceso legítimo y el historial de gestión de reclamaciones deberían poder documentarse de forma más clara. La orientación no debe leerse como una autorización general para entrenar modelos con obras protegidas: la evaluación seguirá dependiendo de las circunstancias concretas y del efecto sobre los intereses de los titulares. La señal regulatoria es clara: copyright, gobernanza de datos y gestión de avisos conviene tratarlos como partes de un mismo sistema de cumplimiento.

13 de septiembre de 2026

Nota del editor (24 de septiembre de 2026): al cierre de esta edición no hemos localizado la publicación oficial de las medidas descritas; el artículo se basa en boletines del sector y queda sujeto a confirmación oficial.

En una resolución de audiencia publicada el 7 de septiembre de 2026, la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (UKIPO) rechazó un intento de obtener derechos exclusivos de marca sobre los nombres de varios inventores históricos modernos y sobre conceptos genéricos de la historia empresarial. Las solicitudes abarcaban servicios de la clase 41, incluidos educación y producción de entretenimiento en vídeo, así como contenidos digitales descargables de la clase 9. El tribunal acogió la oposición al considerar que nombres de figuras históricas conocidas, acontecimientos y denominaciones de invenciones fundacionales pertenecientes al acervo histórico común pueden carecer de carácter distintivo intrínseco en este contexto, y que su monopolización podría dificultar usos descriptivos necesarios por parte de documentalistas, educadores y otros creadores. En las circunstancias concretas del caso, la estrategia de registro también fue considerada de mala fe.

La resolución refuerza una frontera práctica importante: el sistema de marcas no debe utilizarse para reservar en exclusiva vocabulario histórico que otros necesitan para describir hechos, personas o invenciones conocidas. Es posible construir marcas alrededor de referencias históricas, pero cuanto más indispensable sea un término para explicar el tema tratado, más difícil resultará justificar un control amplio sobre su uso. Para titulares y empresas de contenidos, el mensaje es claro: las solicitudes defensivas orientadas principalmente a impedir referencias históricas ordinarias pueden afrontar un examen más severo, sobre todo cuando la distintividad es débil y la lógica comercial parece quedar en segundo plano frente al objetivo de exclusión.

13 de septiembre de 2026

El 8 de septiembre de 2026, la División Local de Múnich del Tribunal Unificado de Patentes (UPC) dictó una resolución en un litigio sobre una patente relacionada con equipos de procesamiento audiovisual digital que perfila con mayor detalle cómo puede fijarse la garantía cuando un procedimiento de oposición ante la OEP avanza en paralelo con una solicitud de medida cautelar preliminar ante el UPC. El enfoque reflejado en la resolución permite que el tribunal valore no solo la solvencia del demandante y las posibles pérdidas del demandado, sino también el grado de vulnerabilidad de la patente en la oposición paralela. Si la documentación de estado de la técnica apunta a un riesgo elevado de revocación, la garantía exigida para mantener la medida cautelar puede aumentar de forma significativa para cubrir posibles daños si la orden termina siendo revocada.

En la práctica, el riesgo sobre la validez de la patente entra antes en la discusión sobre medidas provisionales. El titular que solicite una medida cautelar puede necesitar algo más que acreditar urgencia e infracción: también tendrá que sostener mejor la validez y prever el coste financiero de una garantía más alta. Para el demandado, una oposición ante la OEP bien documentada y un expediente sólido de anterioridades pueden influir tanto en la concesión de la medida como en sus condiciones económicas. La garantía sigue siendo, ante todo, un mecanismo de distribución del riesgo y no una sanción autónoma; pero cuando el ataque de nulidad paralelo parece especialmente sólido, el UPC muestra mayor cautela antes de permitir que una parte obtenga una ventaja transfronteriza relevante antes de que exista una decisión definitiva sobre la validez.

13 de septiembre de 2026

El Congreso de Estados Unidos ha aprobado la H.R. 6500, que prorroga hasta el 11 de diciembre de 2026 la facultad de la USPTO para fijar y ajustar tasas al amparo de la America Invents Act. Sin intervención legislativa, esa autorización habría expirado después del 15 de septiembre. La extensión elimina por ahora el riesgo de una interrupción normativa y da al Congreso unos meses adicionales para decidir si mantiene a largo plazo la flexibilidad de la Oficina sobre las tasas de patentes y marcas.

La cuestión más sensible es qué condiciones podrían acompañar a una renovación más duradera. En la audiencia del 2 de septiembre ante un subcomité judicial de la Cámara de Representantes, legisladores y testigos vincularon el debate con el uso por parte del Patent Trial and Appeal Board de la denegación discrecional en procedimientos como el inter partes review. Son materias jurídicamente distintas, pero el vencimiento de la facultad tarifaria ha dado al Congreso una palanca concreta para exigir límites, explicaciones o salvaguardias adicionales en la práctica del PTAB.

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13 de septiembre de 2026

El 11 de septiembre de 2026, la Oficina Canadiense de Propiedad Intelectual (CIPO) actualizó su aviso sobre el sistema Next Generation Patents (NGP) para responder a casos en los que retrasos en la tramitación de modificaciones voluntarias llevaron a emitir informes de examen basados en reivindicaciones desactualizadas. La política temporal flexibiliza las condiciones para retirar un informe del examinador cuando la modificación pertinente hubiera sido recibida por CIPO más de 30 días antes de la fecha del informe. La solicitud debe presentarse por escrito antes de responder al informe, o como máximo antes de que venza el plazo de respuesta, y CIPO la evaluará caso por caso. Por ahora, la Oficina no ha fijado una fecha de terminación para esta medida.

La actualización coincide con una política más amplia de aceleración selectiva. El Programa Acelerado de Tecnologías Clave (Key Technology Expedited Program, KTEP), lanzado el 2 de septiembre, ofrece por ahora una vía rápida para innovaciones relacionadas con minerales críticos, con un máximo de 50 solicitudes al año, exención de la tasa de examen avanzado de 744,10 dólares canadienses en 2026 para las peticiones aceptadas y el objetivo de emitir una primera acción oficial en unos siete meses. Canadá y China también han prorrogado por cinco años su programa piloto de Patent Prosecution Highway (PPH), hasta el 31 de agosto de 2031. Para los solicitantes, conviene distinguir bien las funciones: la política NGP corrige una descoordinación procedimental, KTEP prioriza determinados casos de tecnología crítica y el PPH puede acelerar expedientes cuando las reivindicaciones correspondientes ya han alcanzado una fase favorable en la oficina asociada.

13 de septiembre de 2026

El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de Brasil (INPI) ha reabierto la vía de examen prioritario para asuntos de marcas sustentados en derechos de uso anterior. Esta vía había quedado temporalmente suspendida en agosto tras agotarse el cupo correspondiente. Su reapertura no convierte a Brasil en un sistema de adquisición de derechos por el mero primer uso: el país sigue basándose principalmente en el registro, aunque el artículo 129, apartado 1, de la Ley de Propiedad Industrial reconoce una excepción para quien pueda acreditar un uso de buena fe en Brasil durante al menos seis meses antes de la fecha de solicitud o de prioridad de un tercero, respecto de productos o servicios idénticos, semejantes o relacionados. La práctica vigente del INPI permite invocar esta posición tanto en oposición como en procedimientos administrativos de nulidad, siempre que se aporte prueba suficiente del uso efectivo y de la propia posición registral del reclamante.

Para las empresas que se enfrentan a solicitudes de mala fe, la novedad tiene más importancia por la posible aceleración del trámite y por la estrategia probatoria que por un cambio radical del estándar jurídico. El nuevo Reglamento Interno del INPI, anunciado el 8 de septiembre, también reorganiza competencias y estructuras decisorias, lo que puede contribuir a una tramitación más eficiente de determinados conflictos. Aun así, la prueba seguirá siendo decisiva: facturas, publicidad, registros de transacciones y evidencias de ventas en línea deben situar con claridad el uso antes de la fecha crítica. Las compañías que ya operan en Brasil sin haber completado el registro deberían considerar el uso anterior como una defensa de respaldo, no como sustituto de una solicitud presentada a tiempo y de una conservación ordenada de evidencias.

05 de septiembre de 2026

Este artículo actualiza nuestra nota del 10 de agosto, «Baurin mantiene el OTDP más allá de la extensión del plazo patentario».

El Panel de Revisión de Apelaciones (ARP) de la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos (USPTO) emitió el 6 de agosto de 2026 una decisión con carácter precedencial en Ex parte Baurin (Appeal 2024-002920), restableciendo el rechazo por doble patentamiento por obviedad (OTDP) formulado por el examinador respecto de las reivindicaciones 1–18. El panel sostuvo que la jurisprudencia del Federal Circuit sigue reconociendo una justificación independiente basada en evitar el acoso, incluso cuando la patente posterior no produciría una prolongación temporal injustificada de la exclusividad. La preocupación es que patentes separadas sobre variantes obvias de una misma invención puedan acabar en manos distintas y dar lugar a reclamaciones sucesivas frente a licenciatarios o presuntos infractores; el régimen de terminal disclaimer de la USPTO, incluida la exigencia de propiedad común, busca reducir precisamente ese riesgo.

La consecuencia práctica para la tramitación en Estados Unidos es clara: la ausencia de una fecha de expiración posterior no elimina por sí sola el análisis de OTDP. Las familias de solicitudes relacionadas, los casos con inventores parcialmente coincidentes y las carteras susceptibles de dividirse entre distintos titulares siguen requiriendo una revisión coordinada del OTDP, los terminal disclaimers y la estructura de titularidad. El propio ARP también cuestionó si la prevención del acoso debería mantenerse como fundamento autónomo por los costes que puede imponer a la innovación, y dejó la aclaración definitiva en manos del Federal Circuit. Hasta que haya mayor precisión judicial, conviene tratar este criterio como parte del marco precedencial vigente de la USPTO y no limitar el análisis a la duración de las patentes.