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WIPO, OMS y UIT trazan la ruta de PI para la innovación sanitaria con IA
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO/OMPI), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) han publicado conjuntamente AI-enabled Health Innovation and IP: From idea to impact. Elaborada en el marco de la Iniciativa Mundial sobre IA para la Salud, la publicación está dirigida a innovadores, empresas emergentes, instituciones de investigación y socios que buscan llevar tecnologías sanitarias basadas en IA desde la fase inicial hasta su aplicación práctica. Examina patentes, secretos empresariales, derecho de autor y protección de datos, además de licencias, colaboración, regulación, gobernanza de datos sanitarios y normas técnicas.
Su principal aportación es reunir propiedad intelectual, regulación y comercialización en una sola hoja de ruta. Los productos sanitarios con IA suelen depender de algoritmos, datos de entrenamiento, validación clínica y actualizaciones continuas; por eso, una estrategia centrada únicamente en patentes puede dejar sin resolver cuestiones de confidencialidad, derechos sobre los datos y divulgación regulatoria. Conviene diseñar desde el inicio la combinación de solicitudes de patente, controles de secreto empresarial, contratos y gobernanza de datos, y revisarla a medida que avanzan la validación, la autorización y el despliegue en el mercado.
Malasia plantea una reforma del copyright centrada en IA y plataformas
MyIPO abrió el 3 de julio de 2026 una consulta pública sobre las propuestas de modificación de la Ley de Derecho de Autor de 1987, con plazo para presentar observaciones hasta el 14 de agosto. El paquete aborda la inteligencia artificial y la minería de textos y datos, la observancia digital y la explotación comercial de los derechos. Entre las medidas planteadas figuran nuevas reglas para el uso de obras protegidas en el entrenamiento de IA; una protección reforzada de las medidas tecnológicas de protección (TPM) y de la información sobre gestión de derechos (RMI); un puerto seguro más exigente para los prestadores de servicios en línea, con una posible obligación de retirada en un plazo de 12 horas; medidas cautelares dinámicas capaces de alcanzar sitios espejo, clonados o sucesores; y facultades penales para incautar y decomisar nombres de dominio vinculados a infracciones. También se revisan las obras huérfanas, el derecho de participación de los artistas, la transparencia de las entidades de gestión colectiva y el Tribunal de Derecho de Autor.
No se trata de un ajuste menor. Si la reforma avanza en esta dirección, puede cambiar de forma sustancial los procesos internos de las plataformas, los presupuestos de licencias y las obligaciones de los desarrolladores de IA. Un plazo de 12 horas exigiría sistemas casi continuos de verificación de avisos, conservación de pruebas y escalado de incidencias; quienes entrenan modelos deberían revisar desde ahora la procedencia de los datos, la base jurídica y la exposición a licencias. Las medidas dinámicas y la incautación de dominios pueden acelerar la lucha contra la piratería, pero su alcance, proporcionalidad y garantías procesales deberán quedar mejor definidos. Las empresas afectadas deberían aprovechar el periodo de consulta y presentar observaciones concretas antes del 14 de agosto.
Los cambios de tasas de IPOS adelantan el coste de las reivindicaciones excedentes
La Oficina de Propiedad Intelectual de Singapur aplicó una revisión escalonada de tasas: la mayoría de los cambios entraron en vigor el 1 de septiembre de 2025 y las medidas restantes lo hicieron el 1 de abril de 2026. En materia de patentes, las tasas por reivindicaciones excedentes en los formularios PF11 y PF12 pasan a calcularse a partir de más de 15 reivindicaciones, en lugar de 20, y el importe aumenta de 40 a 80 dólares de Singapur por reivindicación adicional. Desde abril de 2026, determinados pagos vinculados a solicitudes de examen presentadas el 1 de septiembre de 2025 o después también se adelantan a la fase de respuesta mediante el formulario PF13A. Las solicitudes de prórroga dejan además de ser gratuitas desde la primera presentación: las tasas CM5 se fijan en 25 dólares de Singapur para la primera solicitud, 50 para la segunda y 75 a partir de la tercera.
El efecto práctico no se limita a un aumento del coste oficial; también cambia el momento en que aparece. Quienes solían reducir o reorganizar las reivindicaciones cerca de la concesión pueden encontrarse con ese gasto durante el examen, cuando la estrategia de respuesta todavía está abierta. Conviene revisar conjuntamente el presupuesto y la redacción: limitar el volumen de reivindicaciones antes de presentar, calcular el coste marginal de añadir nuevas reivindicaciones durante la tramitación y tratar las prórrogas como un gasto procesal planificado.
Ghana abre la primera vía africana hacia la concesión acelerada con la USPTO
Según un anuncio de la USPTO y medios ghaneses publicados el 14 de julio, la Oficina de Propiedad Industrial de Ghana (GHIPO), dependiente de la Oficina del Registrador de Empresas, y la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos firmaron en Ginebra el 9 de julio de 2026 una declaración de intenciones relativa a un acuerdo de concesión acelerada de patentes (APG). Ghana es el primer país africano que avanza con la USPTO en este tipo de cooperación. Conforme al mecanismo propuesto, quien disponga de una patente estadounidense concedida y de una solicitud correspondiente en Ghana podrá pedir una tramitación acelerada, mientras que GHIPO podrá apoyarse en la búsqueda y el análisis de patentabilidad realizados por la USPTO, sin dejar de comprobar el cumplimiento de la legislación ghanesa.
La ventaja práctica sería reducir trabajo duplicado y dar mayor previsibilidad al calendario de concesión, pero no supone que una patente estadounidense produzca efectos automáticos en Ghana. La USPTO ha indicado que GHIPO publicará por separado las directrices de aplicación y los detalles del procedimiento. Antes de ajustar su estrategia, los solicitantes deberían revisar la correspondencia entre reivindicaciones, las limitaciones del derecho local y la documentación exigible. Para las empresas tecnológicas interesadas en África occidental, la vía puede ahorrar tiempo y costes; su utilidad real dependerá de los criterios de admisibilidad y de cómo GHIPO aplique las futuras directrices.
Kenia propone una autoridad única para reorganizar su sistema de propiedad intelectual
Según un informe de Spoor & Fisher publicado el 14 de julio de 2026, el proyecto de Ley de la Autoridad de Propiedad Intelectual de Kenia de 2026 ha sido presentado ante la Asamblea Nacional. La propuesta prevé fusionar el Instituto de Propiedad Industrial de Kenia (KIPI), la Junta de Derecho de Autor de Kenia (KECOBO) y la Autoridad Antifalsificación (ACA) en una única Autoridad de Propiedad Intelectual de Kenia (KIPA), que concentraría funciones sobre patentes, marcas, diseños industriales, derecho de autor y lucha contra la falsificación. El texto también aborda el registro obligatorio de derechos de propiedad intelectual para importaciones, las definiciones de invenciones asistidas o generadas por IA y la creación de un tribunal unificado para controversias y recursos.
La reforma, si finalmente se aprueba, iría mucho más allá de un cambio institucional. Una autoridad única podría reducir duplicidades y mejorar la coordinación administrativa y de observancia, pero su efecto real dependerá del texto definitivo y de las reglas transitorias aplicables a solicitudes, registros, procedimientos de ejecución y registros de importación ya existentes. Los titulares de derechos, importadores y empresas de IA con actividad en Kenia deberían seguir la tramitación parlamentaria y no asumir que las medidas propuestas ya están vigentes.
Un tribunal keniano anula la aprobación obligatoria del Consejo de KIPI
Según una actualización de Adams & Adams publicada el 16 de julio de 2026, el Tribunal Superior de Kenia anuló una directiva emitida por el Ministerio de Inversiones, Comercio e Industria el 30 de septiembre de 2025. La medida exigía la aprobación previa del Consejo de KIPI para el registro, la renovación y la cancelación de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales. En Law Society of Kenya v. Principal Secretary, el tribunal concluyó que el secretario principal había excedido sus competencias al redistribuir facultades ya atribuidas por ley, por lo que restableció la autoridad del Registrador de Marcas y de la dirección de KIPI.
La sentencia debería eliminar una capa adicional de aprobación que había generado retrasos e incertidumbre en la administración ordinaria de derechos de propiedad industrial. También reafirma la diferencia entre la supervisión del consejo y las decisiones que la ley reserva a funcionarios concretos. Queda por ver cómo gestionará KIPI los expedientes afectados por la directiva, especialmente los asuntos pendientes, las posibles revisiones y cualquier medida transitoria.
Etiopía revisa su marco de marcas y pone el foco en el procedimiento
La Autoridad Etíope de Propiedad Intelectual (EIPA) avanza en la revisión de la normativa sobre registro y protección de marcas, según una actualización publicada por Adams & Adams el 16 de julio de 2026. El proyecto fue elaborado por la Universidad de Adís Abeba y sometido a consulta con las partes interesadas en junio de 2026. Adams & Adams presentó observaciones generales sobre la coordinación entre la legislación principal y sus normas de aplicación, las formalidades de solicitud y la claridad de varios requisitos procedimentales.
La reforma todavía está en fase de consulta, pero su utilidad dependerá en gran medida de cómo se resuelvan esos detalles. Si la ley, los reglamentos y la práctica de presentación no quedan bien alineados, los solicitantes podrían afrontar más subsanaciones, plazos de examen menos previsibles o dudas sobre la documentación exigida. Las empresas que preparen solicitudes en Etiopía deberían seguir de cerca el texto final y mantener margen para ajustar documentos, costes y gestiones locales.











