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La US Copyright Office amplía el acceso al GRNW para medios especializados
La Oficina de Copyright de Estados Unidos puso en vigor el 13 de agosto de 2026 su regla final sobre GRNW, modificando la definición de “sitio web de noticias” que puede utilizar el registro colectivo de actualizaciones. La formulación anterior favorecía en la práctica a medios de interés general, al exigir una cobertura muy amplia y no limitada a materias concretas. La nueva regla se centra en si el sitio ofrece principalmente información escrita sobre acontecimientos de actualidad. La propia Oficina aclara que un medio especializado puede cumplir el criterio cuando informa con frecuencia sobre una variedad de asuntos actuales dentro de su sector. El cambio abre de forma más clara la vía GRNW a publicaciones verticales de tecnología, entretenimiento, videojuegos, negocios, deportes y otros ámbitos especializados.
La ampliación reduce una barrera importante, pero no convierte el GRNW en un registro automático de todo el contenido de un sitio. Las solicitudes siguen sujetas a requisitos sobre actualizaciones del mismo sitio dentro de un mismo mes natural, obras colectivas, works made for hire, autoría y titularidad. Artículos, fotografías u otras contribuciones individuales pueden quedar cubiertos cuando el solicitante posee los derechos y fueron publicados por primera vez como parte de la actualización presentada. Para los editores especializados, la cuestión práctica pasa ahora menos por la amplitud temática del medio y más por la disciplina documental: cadenas de titularidad, fechas de primera publicación y registros mensuales de actualización deberán mantenerse de forma consistente para sostener un proceso de solicitud repetible.
Baurin mantiene el OTDP más allá de la extensión del plazo patentario
El 6 de agosto de 2026, el Appeals Review Panel (ARP) de la USPTO emitió su decisión de reconsideración en Ex parte Baurin y restableció una objeción por doble patentamiento de tipo obvio (OTDP). El panel trató la justificación de evitar el hostigamiento como un fundamento con peso propio: incluso cuando no exista un riesgo aparente de prolongación injustificada de la duración de la patente, el OTDP puede seguir siendo relevante si derechos inicialmente bajo titularidad común podrían dividirse y hacerse valer por separado en el futuro.
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TrackTime redefine el análisis del §112(f) en patentes de software
En su decisión precedencial de 2 de julio de 2026 en TrackTime, LLC v. Amazon.com Services LLC, el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal de Estados Unidos anuló una resolución del tribunal federal de Delaware que había declarado indefinidas determinadas limitaciones relativas a “executable program code” y devolvió el asunto para un nuevo examen. El Circuito Federal no sostuvo que ese lenguaje de código aporte necesariamente estructura ni que quede automáticamente fuera del 35 U.S.C. § 112(f). Su crítica fue más concreta: el análisis del tribunal de instancia había sido demasiado mecánico y debía considerar el texto completo de la reivindicación, la función recitada y la forma en que una persona con conocimientos ordinarios en la materia entendería la terminología controvertida.
Para las patentes de software y tratamiento de datos, la consecuencia práctica es que las controversias sobre §112(f) e indefinición pueden depender mucho del expediente probatorio y no sólo de etiquetas como “code” o “logic”. El testimonio pericial y otros elementos que muestren si los profesionales del sector reconocerían una expresión como nombre de una estructura suficientemente definida pueden resultar decisivos. En redacción de patentes, conviene no tratar “executable program code” como un refugio automático: describir con mayor precisión las operaciones, sus relaciones técnicas y las implementaciones identificables puede reducir riesgos posteriores de interpretación y reforzar la posición frente a impugnaciones de validez.
El proyecto NO FAKES incorpora una contranotificación para disputas por deepfakes
El Congreso de Estados Unidos impulsa el NO FAKES Act of 2026 como respuesta federal a las réplicas digitales y los deepfakes generados por IA que reproducen la voz o la imagen de una persona. A 8 de agosto de 2026, la última actuación formal sobre el proyecto del Senado, S.4591, sigue siendo su informe por el Comité Judicial del Senado el 24 de junio y su inclusión en el Calendar No. 446; todavía no es ley. El texto informado crea un derecho federal patrimonial y transmisible sobre la voz y la apariencia visual, con una protección post mortem inicial de 10 años que puede renovarse en periodos de cinco años cuando continúe un uso público comercial autorizado que cumpla los requisitos, hasta un máximo de 70 años. Los análisis sectoriales recientes se han concentrado en la arquitectura de responsabilidad para plataformas: tras recibir una notificación válida, un servicio en línea tendría que gestionar una réplica digital presuntamente no autorizada, mientras que el usuario que subió el contenido podría presentar una contranotificación alegando que no existe réplica digital, que hay autorización o que concurre una exclusión legal. Si el servicio decide restablecer el contenido, en principio no podría hacerlo antes de 14 días desde la contranotificación, salvo que el reclamante haya iniciado una acción judicial.
El mecanismo toma como referencia el modelo del DMCA, pero añade exigencias propias. La contranotificación debe incluir, entre otros elementos, una firma física notariada o presenciada, datos de contacto, una declaración de buena fe y la aceptación de la jurisdicción de los tribunales federales; las notificaciones o contranotificaciones falsas también pueden generar una responsabilidad significativa. El proyecto establece además exclusiones expresas para determinadas bibliotecas y archivos sin ánimo de lucro, instituciones educativas sin ánimo de lucro y su personal, y mantiene espacios para información periodística, comentario, crítica, investigación académica y sátira. El equilibrio que busca es concreto: los deepfakes pueden difundirse con una rapidez que justifica herramientas ágiles de retirada, pero un sistema unilateral de avisos también puede eliminar usos legítimos. Para plataformas, empresas de contenidos y proveedores de IA, la carga real de cumplimiento probablemente estará en verificar avisos, conservar pruebas, tramitar contranotificaciones y conectar estos procesos con posibles litigios, no solo en retirar contenidos.
México concreta las reglas del nuevo Registro de Transferencia de Tecnología
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) precisó el 5 de agosto de 2026 las reglas operativas y de cumplimiento del nuevo Registro de Transferencia de Tecnología, en el marco de la aplicación de los artículos 193 a 196 del Reglamento revisado de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. El registro abarcará acuerdos de transferencia de tecnología, licencias de propiedad intelectual y franquicias, con un procedimiento más definido para presentar información contractual y mantener actualizados los datos registrados.
Para las empresas multinacionales, el punto sensible no es únicamente presentar el trámite. La inscripción puede incidir en la oponibilidad frente a terceros y debe coordinarse con el tratamiento fiscal local y la estrategia de observancia de los derechos. Conviene que los equipos jurídicos, fiscales y comerciales revisen antes de la firma el alcance de las licencias, las partes contratantes, los pagos y la coherencia documental, y que los contratos ya vigentes se examinen para detectar posibles obligaciones de registro o actualización. Un incumplimiento formal aparentemente menor puede complicar después la prueba y la ejecución de una licencia en México.
One IPO endurece el control formal de solicitudes de patentes asistidas por IA
La Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (UKIPO) avanzó el 6 de agosto de 2026 con la segunda fase de su servicio digital de patentes One IPO. Esta etapa refuerza el uso de datos electrónicos estructurados y reduce aún más el espacio para formularios en papel o PDF convencionales. El nuevo formulario incorpora además metadatos específicos sobre redacción asistida por IA y atribución de la condición de inventor, de modo que el uso de herramientas de IA pasa a formar parte de las comprobaciones de datos del examen formal.
El cambio afecta de forma especial a quienes presentan solicitudes en volumen mediante API o flujos automatizados. Si el paquete enviado omite la declaración exigida sobre el uso de IA o contiene campos con un formato incorrecto, puede generar una notificación de deficiencia y afectar la elegibilidad para el examen acelerado. El riesgo inmediato no está tanto en la patentabilidad del contenido generado con IA como en superar correctamente la validación automática. Conviene, por ello, integrar los registros de uso de IA, la confirmación de la autoría inventiva y el mapeo de campos en el control previo a la presentación.
La UPC acelera las reconvenciones de nulidad pese a la oposición ante la EPO
El 4 de agosto de 2026, la división central de Múnich del Tribunal Unificado de Patentes (UPC) dictó una orden procesal en un litigio relacionado con una patente esencial para un estándar de comunicaciones (SEP). Ante la coexistencia de una reconvención de nulidad ante la UPC y un procedimiento paralelo de oposición ante la Oficina Europea de Patentes (EPO), el tribunal rechazó suspender el procedimiento de la UPC hasta conocer el resultado de la oposición y sometió la controversia sobre validez a un calendario más ajustado.
La consecuencia práctica es clara: una oposición paralela ante la EPO puede dejar de ser una vía fiable para ralentizar un litigio ante la UPC, mientras que reservar pruebas periciales importantes para fases tardías entraña más riesgo procesal. En disputas sobre SEP y otras patentes europeas de alto valor, las partes tendrán incentivos para cerrar antes sus argumentos de nulidad, posiciones técnicas y documentación de apoyo. Aún habrá que comprobar si otras divisiones siguen de forma estable este enfoque, pero la orden confirma una preferencia marcada de la UPC por la rapidez y la disciplina probatoria frente a las tácticas dilatorias.










