El IMPI simplifica la solicitud de marcas: las marcas tradicionales se fusionan en el IMPI-01-001, las no tradicionales en el IMPI-01-002 y los datos pasan a un formato único

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) publicó el 28 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación administrativa en diversos trámites que se realizan ante el IMPI (solicitudes de registro de marca), que simplifica la solicitud de marcas y fusiona tipos de solicitud y formatos: los procedimientos antes separados de marcas tradicionales, marcas colectivas, marcas de certificación, avisos comerciales y publicación de nombres comerciales se consolidan en el trámite único IMPI-01-001 'solicitud de protección de signos distintivos'. Las solicitudes de marcas no tradicionales, holográficas, sonoras, olfativas, de imagen comercial y sus combinaciones, se consolidan en el IMPI-01-002, que también abarca las marcas colectivas y de certificación.
El artículo primero del Acuerdo elimina una serie de requisitos que antes debían presentarse como documentos físicos independientes, entre ellos el número del registro general de poderes, los datos generales de la persona solicitante, su domicilio, el domicilio para oír y recibir notificaciones, los datos del signo, la ubicación del establecimiento y la prioridad reclamada; esa información pasa a integrarse en el formato único de solicitud, y no se suprime la información en sí, solo su presentación por separado.
La solicitud consolidada sigue exigiendo el formato y el comprobante de pago y, en su caso, otros documentos como consentimientos o pruebas de distintividad adquirida, traducción al español, legalización o apostilla de documentos extranjeros, acta constitutiva y reglas de uso para marcas colectivas y de certificación, pruebas de uso para nombres comerciales y el soporte de las marcas sonoras y olfativas.
Los transitorios disponen que el Acuerdo entra en vigor el día hábil siguiente al de su publicación, que las solicitudes anteriores se resuelven conforme a los procedimientos previos, que hasta que se implemente, habilite y funcione la solución tecnológica a través de la Ventanilla Digital Nacional de Inversiones (VDNI) los trámites se siguen presentando de forma física, que el IMPI debe adecuar el Reglamento de la ley en el plazo máximo de un año, que no podrá exigir requisitos adicionales ni documentos que ya obren en sus archivos, y que debe actualizar el portal único de trámites en un plazo de diez días hábiles; el Acuerdo fue firmado el 11 de septiembre por el Director General Vidal Llerenas Morales.
El Acuerdo forma parte de la serie de medidas de simplificación y digitalización del IMPI de este año, y su efecto práctico es comprimir la solicitud de marcas de varios procedimientos y muchos documentos a dos formatos consolidados, reduciendo las fuentes de requerimientos formales; los requisitos de información no disminuyen, solo cambia la forma de presentarlos, y hasta que la solución tecnológica de la VDNI esté en funcionamiento la presentación sigue siendo un trámite físico, por lo que los agentes deben seguir a la vez el cambio de formatos y las disposiciones electrónicas posteriores.
J&C recomienda a las empresas y agentes con marcas en México actualizar sus plantillas y listas de comprobación, consignando en el nuevo formato los datos de solicitante, domicilio, apoderado, prioridad y signo en lugar de documentos separados; tramitar los expedientes presentados antes de la entrada en vigor conforme al procedimiento anterior; y seguir presentando de forma física hasta que la VDNI esté operativa, atendiendo a las guías electrónicas del IMPI y a las versiones oficiales de los formatos IMPI-01-001 e IMPI-01-002 para evitar requerimientos por formato o vía equivocados.
Fuente: dof.gob.mx


