La reforma mexicana a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ha colocado el marketing de emboscada en el centro de la agenda de cumplimiento para las campañas vinculadas al Mundial de 2026. El decreto publicado el 3 de abril incorpora en el artículo 386 de la LFPPI una infracción administrativa específica para los actos que hagan creer al público, de forma fundada, que existe una relación de patrocinio oficial entre un signo distintivo y un evento masivo público o privado.Para las marcas no patrocinadoras, el riesgo ya no se limita al uso de logotipos oficiales. Copys en...
La reforma de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de México introduce un cambio relevante en la gestión de los procedimientos ante el IMPI: diversos trámites, incluidos el examen de fondo de patentes, el registro de marcas, las oposiciones y las renovaciones, deberán resolverse dentro de plazos máximos previstos por la ley. Si la autoridad supera esos plazos, tendrá que explicar las razones. Para los solicitantes, el punto central no es solo una posible reducción de tiempos, sino una mayor previsibilidad administrativa.El nuevo esquema no elimina por sí solo los...
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) ha actualizado sus criterios prácticos para el examen de diseños industriales presentados mediante el Sistema de La Haya. La aclaración más relevante se refiere al periodo de gracia de 12 meses previsto por la legislación mexicana: si un diseño fue divulgado antes de la solicitud, por ejemplo en una exposición internacional o en una presentación comercial, el solicitante no debería confiar en que ese periodo se aplicará de forma automática.Para invocar el periodo de gracia en México, la prueba correspondiente debe presentarse en la...
La declaración mexicana de uso real y efectivo al tercer año ya no es una gestión de mantenimiento que pueda tratarse como una mera formalidad. Para los registros comprendidos en este régimen, el titular debe presentar la declaración dentro de los tres meses posteriores al tercer aniversario y vincular el alcance subsistente de la protección a los productos o servicios que realmente están en uso. A medida que crece la conversación sobre tramitación digital, revisiones automatizadas y el riesgo de materiales de uso fabricados, este paso se parece cada vez menos a un formulario y cada vez más...
El 19 de junio de 2026, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) publicó una guía de carácter práctico sobre cómo acreditar infracción marcaria y solicitudes de mala fe en tiendas virtuales transfronterizas y plataformas de comercio electrónico. El problema al que apunta ya no se parece al viejo esquema de falsificación offline: vendedores anónimos, enlaces que migran, cuentas que reaparecen en otras plataformas y operadores extranjeros que comercian a través de escaparates virtuales difíciles de rastrear. A medida que México se acerca al hito de implementación del 22 de...
La novedad vinculada al IMPI el 3 de julio no se limita a un nuevo trámite. La señal de fondo es otra: las solicitudes de diseños que llegan a México por la vía del Sistema de La Haya empiezan a conectarse de forma más directa con la defensa local. Si el solicitante pide la publicación temprana y asume la garantía exigida, la posibilidad de actuar contra copias y listados infractores puede adelantarse, incluso antes de que termine por completo el examen de fondo.Eso cambia bastante el mapa práctico. En México, muchas empresas no sufrían por falta de derechos, sino por la distancia entre el...
El nuevo Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de México entrará en vigor el 22 de julio de 2026. Publicado el 28 de abril, el texto de 202 artículos sustituye el marco reglamentario anterior y precisa cuestiones procedimentales que la ley de 2020 había dejado abiertas, entre ellas los plazos, la presentación y valoración de pruebas, los procedimientos de infracción en línea, las solicitudes de patente y provisionales, las marcas no tradicionales y la distintividad adquirida.La mejora principal es una mayor previsibilidad, no una reducción de las...
El nuevo Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2026, entrará en vigor el 22 de julio, al cumplirse el sexagésimo día hábil desde su publicación, y sustituirá el marco reglamentario vigente desde 1994. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) ha señalado que la norma desarrolla con mayor detalle los procedimientos, los plazos y los requisitos de tramitación previstos en la legislación actual.La cercanía de la fecha de entrada en vigor aconseja revisar ya los expedientes...
El nuevo Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de México entró en vigor el 22 de julio de 2026 y sustituyó el marco vigente desde 1994. La norma desarrolla la presentación electrónica, las notificaciones, la prueba y los procedimientos administrativos de observancia, además de crear una estructura específica para procedimientos de infracción en línea. Esa vía digital todavía no está plenamente operativa: el IMPI debe emitir el acuerdo de aplicación y las disposiciones transitorias le conceden un plazo máximo de 18 meses. Junto con las reformas legales que...
El 14 de julio de 2026, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual anunció que la Asamblea de la Unión PCT había aprobado la designación del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) como Administración encargada de la Búsqueda Internacional (ISA) y Administración encargada del Examen Preliminar Internacional (IPEA) en el marco del Tratado de Cooperación en materia de Patentes. Cuando entre en funcionamiento, el IMPI será la 26.ª Administración internacional del PCT y la tercera de América Latina y el Caribe. Podrá emitir informes de búsqueda internacional y opiniones...
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) precisó el 5 de agosto de 2026 las reglas operativas y de cumplimiento del nuevo Registro de Transferencia de Tecnología, en el marco de la aplicación de los artículos 193 a 196 del Reglamento revisado de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. El registro abarcará acuerdos de transferencia de tecnología, licencias de propiedad intelectual y franquicias, con un procedimiento más definido para presentar información contractual y mantener actualizados los datos registrados.Para las empresas multinacionales, el punto...