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Entran en vigor las normas chinas sobre esquemas de trazado mientras cambian los pagos de Madrid y la OEP

JCIP Weekly Brief | Boletín PI

Edición: JCIPWB2610#2

Esta edición se centra en las normas de aplicación del régimen chino de esquemas de trazado de circuitos integrados, el examen acelerado y el calendario de tramitación electrónica de la OEP, el cambio de canales de presentación de Madrid y de pago a la OMPI, la prueba exigida para registrar obras asistidas por IA y la nueva cooperación entre oficinas de PI y plataformas en línea contra las falsificaciones.


Últimas publicaciones

19 de julio de 2026

Este artículo actualiza nuestra nota del 12 de julio, «La representación obligatoria ante la USPTO entra en vigor el 20 de julio».

La regla final de la USPTO que obliga a los solicitantes y titulares de patentes domiciliados en el extranjero a actuar mediante un profesional registrado entrará en vigor el 20 de julio de 2026. Cuando al menos uno de los solicitantes o titulares esté domiciliado fuera de Estados Unidos o de sus territorios, la mayoría de las actuaciones ante la oficina deberán realizarse por medio de un abogado de patentes, agente de patentes u otro profesional reconocido por la USPTO y en situación regular. La exigencia alcanzará tanto a nuevas solicitudes como a numerosos escritos recibidos a partir de esa fecha, incluidos modificaciones, respuestas, declaraciones de información, hojas de datos de la solicitud y peticiones, aunque el expediente se hubiera iniciado antes.

La nueva regla no elimina las salvaguardas básicas para obtener una fecha de presentación, pero los documentos que no lleven la firma exigida podrán no incorporarse al expediente o dar lugar a un requerimiento de subsanación. Una hoja de datos de la solicitud sin la firma adecuada podría tratarse solo como carta de remisión, dejando sin efecto temporalmente datos de inventores y reivindicaciones de prioridad o beneficio. Para quienes todavía gestionan asuntos de patentes en Estados Unidos sin representación, la prioridad práctica es cerrar antes del 20 de julio el traspaso de poderes, firmas y plazos pendientes. El principal riesgo no es solo carecer de representante, sino que la transición deje un vacío procesal evitable.

19 de julio de 2026

La reforma de diseños de la EUIPO ya permite nuevas formas de representación en las solicitudes directas de diseños de la Unión: los archivos OBJ y STL pueden utilizarse para representaciones tridimensionales dinámicas, mientras que MP4 puede emplearse para representaciones animadas, dentro de los límites técnicos fijados por la Oficina. Sin embargo, la OMPI no ha anunciado que eHague acepte ya esos formatos en solicitudes internacionales que designen a la Unión Europea.

Conviene separar, por tanto, la vía directa ante la EUIPO de la vía internacional de La Haya al preparar interfaces gráficas animadas o modelos 3D. La cautela también alcanza a las solicitudes múltiples: la EUIPO ha eliminado para las solicitudes directas la exigencia de que todos los productos pertenezcan a la misma clase de Locarno, pero la Regla 7.7 del Sistema de La Haya, vigente desde el 1 de julio de 2026, mantiene esa condición para una misma solicitud internacional. Hasta que la OMPI publique una instrucción operativa clara o el propio entorno eHague confirme una compatibilidad más amplia, resulta prudente comprobar el flujo de carga antes de presentar y conservar vistas estáticas conformes como alternativa.

19 de julio de 2026

Nota del editor (24 de septiembre de 2026): al cierre de esta edición no hemos localizado la publicación oficial de las medidas descritas; el artículo se basa en boletines del sector y queda sujeto a confirmación oficial.

El 14 de julio de 2026, la Corporación de Propiedad Intelectual de Malasia (MyIPO) presentó la Digital & Green Gateway (DGG), una vía acelerada para solicitudes de patente relacionadas con modelos de inteligencia artificial, algoritmos de tratamiento de macrodatos y tecnologías de energía limpia. Según el esquema anunciado, las solicitudes que cumplan los requisitos formales básicos podrán pedir la tramitación DGG sin una tasa adicional de aceleración, con el objetivo de recibir una primera acción oficial en un plazo de cuatro meses. Las empresas tecnológicas emergentes que reúnan las condiciones también podrán beneficiarse de una reducción de hasta el 50% en la tasa de examen sustantivo.

La combinación de rapidez y alivio de costes puede resultar útil para empresas que necesitan coordinar la protección de sus activos con rondas de financiación, licencias o entrada en el mercado. No equivale, sin embargo, a una concesión rápida garantizada: las reivindicaciones de IA y datos seguirán dependiendo de una contribución técnica identificable, una divulgación suficiente y límites de protección bien definidos. Antes de solicitar la vía DGG, conviene comprobar los criterios de elegibilidad, la documentación exigida y las condiciones de la reducción, además de preparar una estrategia de examen que explique con precisión el efecto técnico del modelo o del tratamiento de datos reivindicado.

19 de julio de 2026

La Oficina de Propiedad Intelectual de Singapur (IPOS) ha precisado su práctica para las solicitudes de marca relativas a bienes virtuales y servicios Web3.0. Las descripciones de la clase 9 para bienes virtuales descargables, de la clase 35 para servicios minoristas de bienes virtuales y de la clase 41 para entretenimiento virtual deberán identificar con mayor claridad el contenido digital o la naturaleza del servicio; expresiones amplias como «bienes virtuales» o referencias genéricas a servicios vinculados con NFT pueden dar lugar a objeciones o a una limitación del alcance.

El cambio más relevante afecta a las acciones de cancelación por falta de uso durante cinco años. Mostrar un objeto virtual con marca en un entorno de metaverso puede no bastar, por sí solo, para acreditar un uso comercial efectivo en Singapur. Los titulares deberían conservar registros de transacciones, pagos o canjes, materiales publicitarios dirigidos al mercado singapurense y datos sobre la ubicación de clientes o pedidos. Registrar de forma amplia para cubrir proyectos futuros ya no sustituye una cadena probatoria capaz de demostrar actividad económica real y conexión con consumidores locales.

19 de julio de 2026

El 16 de julio, la firma regional de propiedad intelectual Al-Ajaleen publicó una actualización sobre la aplicación en Catar de la Ley de Marcas del Consejo de Cooperación del Golfo. No se trata, sin embargo, de una norma que haya entrado en vigor esta semana: la Decisión Ministerial n.º 56 y su reglamento de aplicación se publicaron en el Boletín Oficial el 9 de julio de 2023 y comenzaron a regir el 10 de agosto de 2023. El marco redujo varios plazos de examen, subsanación y oposición, además de modificar tasas oficiales de registro, renovación y otros trámites.

La aproximación de las reglas entre los países del CCG reduce parte de la incertidumbre para las marcas internacionales, pero no crea un título unitario comparable a la marca de la Unión Europea ni una oficina regional única. Las solicitudes siguen presentándose país por país, y conviene revisar por separado los plazos, tasas, criterios de clasificación y vías de observancia aplicables en Catar, Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos. La ventaja real está en una mayor coherencia jurídica para gestionar la cartera, no en una sola solicitud con cobertura para todo el Golfo.

19 de julio de 2026

A mediados de julio de 2026, dos reformas relevantes de propiedad intelectual en África Oriental quedaron mejor definidas. El proyecto tanzano Written Laws (Miscellaneous Amendments) Bill, 2026 sigue en tramitación y propone cambios coordinados en la legislación de marcas y patentes. Entre otras medidas, reconocería en el ámbito nacional las marcas ARIPO que designen Tanzania, reforzaría la protección de marcas notorias, colectivas y de certificación, ampliaría la duración de las patentes de diez a veinte años desde la fecha de solicitud y daría mayor consistencia al régimen de modelos de utilidad. Si el texto se aprueba sin cambios sustanciales, podría reducir solicitudes duplicadas y cerrar vacíos entre los derechos regionales y su ejecución interna, aunque las empresas aún deben esperar la versión final, la fecha de entrada en vigor y las normas de aplicación.

Uganda ha avanzado más. El Parlamento aprobó en marzo de 2026 una reforma importante de la Copyright and Neighbouring Rights Act, seguida de la sanción presidencial. El nuevo marco eleva las sanciones, introduce órdenes de retirada de contenidos y bloqueo de acceso en línea gestionadas a través de la Uganda Registration Services Bureau, e incorpora excepciones de formato accesible vinculadas al Tratado de Marrakech de la OMPI. Titulares de derechos, servicios de streaming, plataformas sociales y distribuidores deberían revisar la duración de sus licencias, las pruebas de titularidad, los procedimientos de notificación y la conservación de evidencia electrónica. Las reformas no crean una normativa regional uniforme, pero sí confirman una transición hacia una observancia más estricta, especialmente en entornos digitales.

12 de julio de 2026

La Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos ha recordado que, a partir del 20 de julio de 2026, los asuntos de patentes en los que al menos un solicitante o titular tenga domicilio fuera de Estados Unidos y sus territorios deberán ser gestionados, por regla general, por un agente o abogado de patentes estadounidense registrado y en situación activa ante la USPTO. La exigencia abarca patentes de utilidad, plantas y diseños, y se aplicará a los documentos recibidos desde esa fecha, incluidas enmiendas, contestaciones, declaraciones de divulgación de información, peticiones y la mayoría de las comunicaciones posteriores. Los expedientes presentados antes del 20 de julio tampoco quedan fuera de la regla para sus actuaciones futuras.

La prioridad práctica no es volver a presentar los casos existentes, sino localizar los expedientes de titulares extranjeros con plazos o escritos previstos después de la entrada en vigor y cerrar cuanto antes la designación del representante, las autorizaciones y el circuito de firmas. Algunos documentos seguirán requiriendo la firma personal de determinadas partes, y la falta de firma de un profesional registrado no impedirá necesariamente obtener una fecha de presentación para una nueva solicitud, pero puede obligar a subsanar o hacer que el escrito no sea incorporado. Dejar la designación para los últimos días puede convertir un cambio procedimental controlable en costes adicionales, retrasos y riesgos de plazo.