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La UPC estrecha las suspensiones mientras la oposición ante la OEP acelera
El 17 de febrero de 2026, la Court of Appeal de la UPC en bioMérieux v Labrador Diagnostics rechazó suspender un recurso de revocación por la existencia paralela de una oposición ante la OEP, y también rechazó ampliar el plazo para el escrito de motivos mientras se esperaba la vista oral en Múnich. La señal es bastante clara: que una misma patente europea esté siendo discutida al mismo tiempo ante la UPC y ante la OEP no activa por sí solo una lógica de “esperemos primero a la OEP”. La suspensión sigue siendo una facultad discrecional, y el tribunal está mirando el equilibrio concreto de intereses, no el simple hecho de la coexistencia procesal.
El alcance de esta orden va más allá del propio recurso de revocación. Para quien esté preparando una acción por infracción, una defensa de validez o incluso una solicitud de medidas provisionales durante el periodo de solapamiento, el calendario procesal está cambiando. La UPC no muestra demasiada disposición a ceder su ritmo a la OEP, y la propia OEP ha convertido en algo mucho más operativo su práctica de aceleración cuando existen litigios paralelos. El sistema de doble vía sigue existiendo, pero el margen para esperar sin tomar posición se ha reducido.
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UKIPO eleva la exigencia probatoria en revocaciones por falta de uso
La guía de revocación por falta de uso actualizada por UKIPO en abril de 2026, leída junto con una serie creciente de decisiones del Tribunal, está elevando la exigencia para los titulares que intentan defender un registro con pruebas ligeras. En el plano formal, la entrada más reciente de la lista pública de Tribunal Practice Notices relacionada con marcas sigue siendo la TPN 1/2024, publicada en julio de 2024. En la práctica, sin embargo, la línea sobre uso genuino se ha vuelto bastante más estricta. Las capturas de plataforma, los registros dispersos de ventas y las trazas de transacción que no aterrizan con claridad en consumidores del Reino Unido resultan cada vez menos convincentes cuando se presentan por sí solas.
Esto afecta especialmente al comercio electrónico transfronterizo. Muchos titulares se habían acostumbrado a apoyarse en páginas de Amazon, paneles de marketplace, listados en tiendas de aplicaciones o instantáneas del sitio web para sostener que la marca estaba “en el mercado”. Ahora la cuestión difícil no es si la marca apareció en línea, sino si la prueba construye una historia comercial creíble: quién compró, dónde estaba, qué se vendió, durante cuánto tiempo se mantuvo la actividad, si realmente se estaba apuntando al mercado británico y si el volumen y la frecuencia de las ventas tienen sentido comercial. Cuando esa cadena se rompe, el material empieza a parecerse menos a uso genuino y más a una fabricación simbólica de huellas.
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Cuando la IA llena de ruido el estado de la técnica, la habilitación gana peso ante la OEP
En la práctica europea de patentes está creciendo un debate que ya no parece teórico: qué ocurre cuando la IA generativa empieza a producir en masa divulgaciones técnicas que luego se citan contra solicitudes nuevas. Lo que sí puede verificarse públicamente no es una nueva norma de la OEP publicada expresamente para la llamada “prior art sintética”, sino la vigencia de una regla ya conocida en las Directrices 2026 de la OEP: un documento del estado de la técnica debe proporcionar al experto en la materia información suficiente para llevar a cabo la enseñanza técnica pertinente. Un texto bien redactado, por sí solo, no basta.
Esa idea pesa más cuando los sistemas generativos pueden lanzar a escala industrial combinaciones, formulaciones y propuestas moleculares que parecen plausibles a primera vista. En química, materiales y ciencias de la vida, una divulgación generada por máquina puede crear presión real durante el examen. Pero si el documento citado no ofrece una vía reproducible, condiciones clave, datos creíbles o una base experimental seria, el solicitante todavía puede desplazar la discusión desde la mera superposición textual hacia una pregunta más incómoda: ¿ese documento realmente habilita lo que aparenta divulgar?
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Desde julio, la EUIPO aceptará archivos 3D, pero la prioridad en La Haya aún exige cautela
El 1 de julio de 2026 la EUIPO entrará en la segunda fase de la reforma europea de diseños. Para los solicitantes, el cambio más visible es que un diseño podrá presentarse mediante un único archivo de objeto 3D o un único objeto animado, en lugar de quedar forzado a un pequeño conjunto de vistas estáticas. Para equipos que trabajan con superficies complejas, interfaces digitales, componentes o acabados texturizados, no es un detalle menor. Cambia la forma en que la intención del diseño llega al expediente.
Lo que todavía no conviene hacer es convertir esa novedad en la conclusión de que la EUIPO y el Sistema de La Haya ya operan con una transmisión 3D plenamente fluida. Los materiales públicos disponibles apuntan a un escenario más matizado. La Norma ST.92 de la OMPI ya cubre el intercambio electrónico de documentos de prioridad de diseños industriales y permite incluir archivos 3D en el paquete; aun así, la propia EUIPO ha indicado públicamente que, si el solicitante prevé utilizar esa solicitud como base de una reivindicación de prioridad, todavía puede valorar presentar representaciones estáticas después del 1 de julio de 2026. Además, el Sistema de La Haya no exige una “solicitud de base” al estilo de Madrid. En la práctica, el foco está en la gestión del documento de prioridad, la consistencia de la representación y la legibilidad del material cuando pasa por distintas oficinas y plataformas.
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Los trusted flaggers entran en la vía API de las retiradas por copyright en la UE
Bajo la DSA, los trusted flaggers ya ocupaban una posición de prioridad cuando notifican contenidos ilícitos. Lo que empieza a cambiar ahora es la capa operativa. Con la apertura de pruebas en sandbox para un toolkit API de notificación de infracciones de copyright, impulsadas con apoyo del Observatorio de la EUIPO y de la Comisión Europea, algunos titulares de derechos de gran escala y sus agentes empiezan a salir del laberinto de formularios de cada plataforma para entrar en una vía estructurada de envío directo hacia los sistemas internos de gobernanza.
A primera vista parece una mejora técnica. En realidad, está cambiando el punto de entrada de la observancia del copyright en plataformas. Quien pueda enviar más rápido, con datos más limpios y de forma sostenida, ganará una ventaja práctica que los viejos formularios no podían ofrecer. Para grupos audiovisuales, ligas, editoriales y equipos antipiratería acostumbrados a perseguir espejos, reuploads y redes de distribución paralela, esto se parece bastante a una herramienta de observancia a nivel de sistema. Para las plataformas, al mismo tiempo, significa que la exigencia de precisión, trazabilidad y vías de impugnación se vuelve mucho menos fácil de posponer.
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La revisión del JPO endurece las solicitudes de patentes para MLLM
La lectura útil de la revisión de mitad de 2026 del Japan Patent Office (JPO) sobre invenciones relacionadas con IA no está en repetir que ahora se menciona de forma más explícita a los MLLM y a la IA generativa multimodal. El cambio práctico va más al fondo. Para los solicitantes, la revisión altera cómo debe redactarse la memoria, dónde conviene situar la contribución técnica y qué tipo de objeciones sobre actividad inventiva y suficiencia descriptiva pueden ganar peso en el examen.
La dirección tampoco llega de la nada. El JPO ya había añadido 10 nuevos casos de examen relacionados con IA en 2024, y su informe de marzo de 2026 sobre tendencias de invenciones relacionadas con IA amplió el foco hacia la IA generativa, la IA multimodal y la ingeniería de prompts. Leído en conjunto, el mensaje es bastante claro: en Japón pesa menos afirmar que un sistema usa un gran modelo y pesa más explicar qué problema técnico concreto resuelve de verdad la arquitectura multimodal o transmodal.
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La revisión marcaria en China entra en una etapa más exigente para la prueba electrónica
La Oficina de Marcas de la CNIPA anunció la segunda fase de la plataforma integral de servicios de prueba electrónica para la revisión marcaria y abrió un canal de conexión directa con blockchain para la prueba digital de los expedientes. Parece una mejora técnica más, pero toca una parte especialmente sensible del trabajo contencioso: cómo entra la prueba al expediente, cómo se verifica su integridad y cómo se ordena cuando ambas partes deben responderse.
Leída junto con la electrónica total de los trámites marcarios en China, la medida tiene más calado del que sugiere la interfaz. A partir del 1 de julio de 2026, los asuntos tramitados por agentes deberán presentarse en principio por el sistema en línea, y la guía reciente sobre prueba electrónica ya fija exigencias más precisas sobre PDF, catálogos, capacidad y canal reservado para secretos comerciales. La segunda fase apunta, por tanto, a un cambio de método: no bastará con subir archivos; habrá que administrar la prueba con lógica de sistema.
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