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Guía de registro de marca por país · Actualizado el

Registro de marca en Honduras

En Honduras, un apoderado local solicita directamente ante la DIGEPIH: el país no forma parte del Sistema de Madrid. La solicitud admitida se publica tres veces, con 10 días de intervalo, en La Gaceta, con oposición hasta 30 días hábiles después de la última; el registro cuesta 700 lempiras por clase, más una tasa anual de mantenimiento fijada por ley.

Encargo en línea · registro de marca en Honduras

Indique la marca, las clases y el solicitante; un agente presupuesta tras el envío. Al aceptar el presupuesto paga en línea y sigue el avance en su cuenta.

Datos clave

Marcas en Honduras: datos clave

Oficina competenteDirección General de Propiedad Intelectual de Honduras (DIGEPIH), dependiente del Instituto de la Propiedad (IP); las marcas las tramita su Registro de la Propiedad Industrial. Web y buscadores: Herramientas de PI.
Ley aplicableLey de Propiedad Industrial (Decreto 12-99-E, publicada en el diario oficial en 2000 y en vigor 20 días después de su publicación; reformada por el Decreto 16-2006, de 2006, que implementa el Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos, y por el Decreto 219-2012, de 2013); las tasas oficiales las fija directamente el artículo 174 de la ley
Cómo nace el derechoPor el registro, con prelación para el primer solicitante; si dos o más personas solicitan a la vez la misma marca para los mismos productos, se concede a quien la haya usado primero y de forma continua en Honduras; al presentar no hay que acreditar el uso
Sistema de MadridNo es miembro del Protocolo de Madrid (lista de miembros de la OMPI, comprobada el 11 de octubre de 2026): Honduras no puede designarse en un registro internacional
RepresentaciónToda solicitud se tramita por medio de apoderado legal; el solicitante domiciliado o establecido en el extranjero debe actuar por medio de un mandatario domiciliado en Honduras
ClasesClasificación de Niza; la solicitud indica los productos y servicios con su clase internacional y las tasas se cobran por clase; la ley no dice expresamente si una solicitud puede abarcar varias clases, así que se sigue el criterio del Registro y del agente; los productos y servicios se designan por su nombre genérico, agrupados por clase de Niza; para añadir productos o servicios a una marca registrada hay que pedir un registro nuevo
Contestaciones (plazo legal)Defectos de forma: 30 días hábiles para subsanar; de lo contrario, la solicitud se tiene por abandonada y se archiva; objeciones de fondo: 60 días hábiles para retirar, modificar o limitar la solicitud o contestar; en cualquier fase, la solicitud caduca si no se actúa en 6 meses desde la última notificación
Publicación y oposición (plazo legal)Superado el examen, la solicitud se publica tres veces, con 10 días de intervalo, en el diario oficial La Gaceta; cualquier interesado puede oponerse durante el periodo de publicación y hasta 30 días hábiles después de la última publicación
Vigencia y renovación10 años desde la fecha de concesión, renovables indefinidamente por periodos de 10 años; se solicita en el año anterior al vencimiento o en los 6 meses de gracia posteriores con recargo; por ley, la renovación está condicionada al pago de las tasas anuales de mantenimiento
Tasa anual de mantenimientoEl artículo 174 de la Ley de Propiedad Industrial fija una tasa anual de mantenimiento de 100 lempiras por marca registrada, con un recargo de 50 lempiras; en la cancelación por falta de uso, no se cancela la marca cuya tasa anual de rehabilitación esté pagada; confirme con el agente cómo se cobra en la práctica
Cancelación por falta de usoSi la marca no se ha usado en Honduras durante los 3 años consecutivos anteriores a la acción, cualquier interesado puede pedir al Registro que la cancele, salvo causa justificada; la carga de probar el uso recae en el titular, y si solo faltan algunos productos, se eliminan únicamente esos
PrioridadPrioridad del Convenio de París de 6 meses (el Convenio rige en Honduras desde el 4 de febrero de 1994); se declara con la solicitud o en los 30 días hábiles siguientes, y en los 3 meses siguientes a la presentación se aporta copia de la solicitud anterior certificada por la oficina que la recibió, con prueba de su fecha de presentación
Plazo para la nulidadLa nulidad basada en un derecho anterior debe pedirse en los 5 años siguientes al registro o en los 3 años siguientes al inicio del uso de la marca, el que venza más tarde; el registro de mala fe y las prohibiciones absolutas no prescriben

Comprobado el 2026-10-11; información general: prevalecen las normas y tasas publicadas por la oficina.

Qué vía

Solicitud directa: ¿reivindicar o no la prioridad?

Honduras no forma parte del Sistema de Madrid, así que no puede designarse en un registro internacional: un apoderado domiciliado en Honduras presenta la solicitud directamente ante el Registro de la Propiedad Industrial de la DIGEPIH. Lo que realmente hay que decidir es si reivindicar la prioridad de una solicitud anterior presentada en el extranjero.

ConceptoSolicitud directa sin prioridadSolicitud directa con prioridad
RequisitoNinguno; es la vía si no tiene una solicitud anterior o si esta tiene más de 6 mesesPresentar en Honduras dentro de los 6 meses siguientes a su primera solicitud en el extranjero, con una marca y unos productos o servicios que se correspondan con ella
Orden de prelaciónLa fecha de presentación en el Registro; si la misma marca se solicita el mismo día, prevalece quien la haya usado primero y de forma continua en HondurasLa fecha de su primera solicitud pasa a ser la fecha de prioridad; las solicitudes o el uso de terceros durante el plazo de prioridad no pueden oponérsele
Pasos adicionalesNingunoCon la solicitud o en los 30 días hábiles siguientes, declarar la oficina, la fecha y el número de la solicitud anterior; en los 3 meses siguientes a la presentación, aportar copia de la solicitud anterior (con la marca y la lista de productos y servicios) certificada por la oficina de origen, con prueba de la fecha de presentación
Tasas oficialesTasa de registro de 700 lempiras por clase; las tres publicaciones en el diario oficial se organizan y pagan según indique el agenteLas mismas que la solicitud directa; el artículo 174 no prevé una tasa aparte por prioridad
RiesgoQuien solicite o empiece a usar la marca en el intervalo entre su solicitud de origen y la hondureña puede bloquearleLa declaración y los documentos justificativos tienen plazos legales; planifíquelos junto con la presentación
Para quiénTodavía no ha solicitado en otro país, o su primera solicitud tiene más de 6 mesesSu primera solicitud tiene menos de 6 meses, sobre todo si teme un registro anticipado por terceros en Honduras

Si va a proteger su marca en varios países de Centroamérica, compare con Registro de marca en Guatemala y Registro de marca en Costa Rica: ninguno de los tres países puede designarse por la vía Madrid, así que hay que solicitar directamente en cada uno; en cambio, Registro de marca en México sí puede obtenerse por designación Madrid. Sobre la elección entre las dos vías, véase Designación Madrid o solicitud nacional directa: cuál conviene en cada caso.

¿No lo tiene claro? Haga primero una búsqueda gratuita y después envíe el encargo en línea; el agente le aconsejará a la vista de los resultados.

Qué preparar

Lista de documentos

Para una solicitud a través de un apoderado hondureño, las empresas y particulares extranjeros preparan, en general, la siguiente información y documentación. Al presentar no hacen falta pruebas de uso.

Solicitante

  • Nombre y domicilio; en el caso de una empresa, el país de constitución, con el nombre escrito exactamente igual que en el poder
  • Datos del apoderado: la solicitud debe identificar al solicitante y al mandatario; el solicitante extranjero actúa siempre por medio de un mandatario domiciliado en Honduras, a quien se dirigen las notificaciones
  • Si hay varios solicitantes, las modificaciones, limitaciones y desistimientos deben hacerse conjuntamente, así que conviene acordar de antemano un representante

La marca

  • Reproducción de la marca: la ley exige acompañar ejemplares de la marca con la solicitud (20 en papel); aporte el número y el formato que indique el agente
  • Descripción de la marca: indique con claridad sus elementos distintivos principales; las palabras en idioma extranjero que contenga la marca necesitan traducción al español
  • Si la marca contiene el nombre, la firma, el título, el seudónimo o el retrato de otra persona, hace falta su consentimiento, o el de sus parientes más próximos si ha fallecido
  • La marca puede consistir en palabras, figuras, letras, cifras, etiquetas, combinaciones de colores y la forma de los productos o de su envase; no se registran un color aislado ni la forma usual del producto

Productos o servicios

  • La lista completa de productos y servicios con su clase internacional; use nombres genéricos, agrupados por clase de Niza
  • Las tasas se cobran por clase; la ley no dice expresamente si una solicitud puede abarcar varias clases, así que se sigue el criterio del Registro y del agente; a una marca registrada solo se le añaden productos o servicios con una solicitud nueva, así que decida las clases y los productos de una vez
  • Que los productos de una misma clase o de clases distintas sean similares lo juzga el examinador por los productos en sí, no por el número de clase

Poder y prioridad

  • Poder (documento de mandato): la ley exige acompañarlo con la solicitud; Honduras es parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla, así que, si se exige legalización, el poder otorgado en otro Estado contratante solo necesita notarización y apostilla, sin legalización consular; siga las indicaciones del agente sobre el formato y la legalización
  • Para reivindicar prioridad: con la solicitud o en los 30 días hábiles siguientes, declarar la oficina, la fecha y el número de la solicitud anterior, y en los 3 meses siguientes a la presentación aportar la copia certificada y la prueba de la fecha de presentación

Aporte el poder y los demás documentos firmados según las indicaciones del agente. Si la marca contiene escudos, banderas o signos oficiales de un Estado o de una organización internacional, hace falta la autorización del organismo correspondiente.

Cuánto tarda

Proceso y plazos

Ejemplo: solicitud directa sin objeciones de fondo ni oposición. Los plazos marcados como «legal» los fija la ley; todos los plazos que la ley expresa en días se cuentan en días hábiles.

  1. Paso 1

    Búsqueda previa (recomendada)

    Busque marcas anteriores similares, averigüe si alguien usa ya la misma marca en Honduras y prepare la solicitud por clases

  2. Paso 2

    Presentación

    El apoderado hondureño presenta ante el Registro de la Propiedad Industrial de la DIGEPIH la solicitud, la reproducción y la descripción de la marca, la lista de productos y servicios y el poder, y paga los timbres de ley

  3. Paso 3

    Examen de forma

    Si falta documentación, el Registro lo notifica; los defectos se subsanan en 30 días hábiles; de lo contrario, la solicitud se tiene por abandonada y se archiva (legal)

  4. Paso 4

    Examen de fondo

    El Registro examina las prohibiciones absolutas, los registros y solicitudes anteriores y los signos notorios; si hay objeciones, dispone de 60 días hábiles desde la notificación para retirar, modificar o limitar la solicitud o contestar (legal)

  5. Paso 5

    Publicación

    Superado el examen, el Registro ordena la publicación: tres avisos, con 10 días de intervalo, en el diario oficial La Gaceta, con la marca, la fecha de presentación, el solicitante, los productos y servicios y la clase (legal); las publicaciones se organizan y pagan según indique el agente

  6. Paso 6

    Plazo de oposición

    Cualquier interesado puede oponerse durante el periodo de publicación y hasta 30 días hábiles después de la última publicación (legal); quien se oponga alegando uso anterior debe haber solicitado ya el registro de su propia marca

  7. Paso 7

    Concesión y certificado

    Sin oposición, el Registro concede e inscribe el registro; pagada la tasa de registro por clase, expide el certificado, y el registro tiene una vigencia de 10 años desde la fecha de concesión

La DIGEPIH no publica un tiempo medio de examen verificable, así que esta página solo recoge los plazos legales. En cualquier fase, la solicitud caduca y se archiva si no se actúa en 6 meses desde la última notificación; no cuentan las demoras debidas a la inactividad del Registro o a fuerza mayor. El diario oficial lo edita la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG); la organización y el coste de las publicaciones siguen las indicaciones del agente y no forman parte de las tasas del Registro.

Cómo leer los plazos: "legal" = fijado por ley; "estadística oficial" = media publicada por la oficina; "estimación" = casos típicos. Cada caso puede variar.

Cuánto cuesta

Tasas oficiales

Las tasas oficiales se expresan en lempiras hondureños (HNL) y las fija directamente el artículo 174 de la Ley de Propiedad Industrial; se pagan a la Tesorería General de la República con la orden de pago que emite el Registro, y la tasa de registro se cobra por clase. Además de las tasas oficiales, la solicitud que supera el examen debe publicarse tres veces en el diario oficial; la publicación se organiza y paga según indique el agente, y la Empresa Nacional de Artes Gráficas, que edita el diario, no ha publicado tarifas. Tras el registro, la ley exige además una tasa anual de mantenimiento; confirme con el agente cómo se cobra en la práctica. La tabla siguiente recoge los importes que fija actualmente la ley.

ConceptoCobroImporteAprox. USD
Al presentar
Tasa de inscripción de marca (por clase)Por clase700 HNL≈ USD 26
Mantener el registro
Tasa anual de mantenimiento (por registro, por año)Por año100 HNL≈ USD 4
Tasa de renovación (por registro)Por solicitud350 HNL≈ USD 13
Sobretasa (renovación en plazo de gracia o pago tardío de mantenimiento, por registro)Por solicitud50 HNL≈ USD 2
Otras
Inscripción de cesión o traspaso (por marca, por clase)Por clase500 HNL≈ USD 19
Inscripción de modificación de lista de productos o servicios, cambio de domicilio o de nombre del titular (por acto)Por elemento300 HNL≈ USD 11
Inscripción de licencia de uso (por licencia)Por elemento500 HNL≈ USD 19
Cancelación voluntaria (por registro)Por solicitud200 HNL≈ USD 7
Reposición o duplicado de certificado, o certificación de registro (por documento)Por elemento350 HNL≈ USD 13
Búsqueda de antecedentes registrales (por búsqueda)Por elemento100 HNL≈ USD 4

Fuente: www.wipo.int · tarifas vigentes desde el 2000-03-20 · comprobado el 2026-10-11 · Los importes en USD son aproximados, al tipo de venta de divisa del Banco de China (o, para monedas que no cotiza, al tipo frente al USD publicado por el banco central del país); la tasa oficial es el importe en la moneda original

Las tasas oficiales son las publicadas por la oficina; los honorarios los presupuesta un agente tras el envío, y solo paga tras aceptar el presupuesto.

Ejemplo: una marca registrada en 1 clase paga una tasa de registro de 700 lempiras; después, la tasa anual de mantenimiento es de 100 lempiras, es decir, 1.000 lempiras en 10 años; las tres publicaciones en el diario oficial se organizan y pagan según indique el agente. El registro en 3 clases cuesta 3 × 700 = 2.100 lempiras.

La renovación cuesta 350 lempiras por marca; renovar en los 6 meses de gracia posteriores al vencimiento añade un recargo de 50 lempiras. La inscripción de una cesión cuesta 500 lempiras por clase; la limitación de la lista de productos o servicios y la inscripción de un cambio de domicilio o de nombre del titular, 300; la inscripción de una licencia, 500; la cancelación voluntaria, 200; la reposición del certificado, las copias y las certificaciones registrales, 350; la búsqueda de antecedentes por el Registro, 100.

El arancel no se ha modificado desde que la ley entró en vigor en 2000, aunque la ley permite al Ejecutivo pedir al Congreso cada dos años su ajuste según la variación de los precios al consumidor; no se han podido comprobar las órdenes de pago actuales del Registro, así que prevalece el importe que el Registro comunique al pagar. Los honorarios, incluidos los del apoderado hondureño, los presupuesta el agente tras recibir el encargo; solo paga después de aceptar el presupuesto.

Riesgos

Normas propias de Honduras y denegaciones frecuentes

Estos son los problemas más frecuentes en el examen hondureño, junto con normas propias de Honduras que es fácil pasar por alto.

Hay que publicar tres veces y el plazo de oposición se cuenta en días hábiles

Superado el examen, el Registro ordena tres avisos en el diario oficial La Gaceta, con 10 días de intervalo; las publicaciones se organizan y pagan según indique el agente. La oposición puede presentarse durante todo el periodo de publicación y hasta 30 días hábiles después del último aviso; todos los plazos que la ley expresa en días son días hábiles, así que el tiempo en días naturales es mayor de lo que parece. Cuando llegue la orden de publicación, organice los avisos cuanto antes según indique el agente, conserve las fechas de las tres publicaciones y recuerde que la solicitud caduca si no se actúa en 6 meses desde la última notificación.

La ley fija una tasa anual de mantenimiento y condiciona la renovación a su pago

El artículo 174 de la Ley de Propiedad Industrial fija una tasa anual de mantenimiento de 100 lempiras por marca registrada; el artículo 93 condiciona la renovación al pago de esas tasas anuales, y el artículo 106 recoge el pago de la «tasa anual de rehabilitación» como defensa frente a la cancelación por falta de uso. Es una regla exclusiva de Honduras en Centroamérica, y descubrir tasas impagadas al renovar retrasa el trámite. Confirme con el agente cómo se cobra en la práctica, páguela año a año y conserve los comprobantes.

Un usuario anterior en Honduras puede bloquearle

Honduras concede el registro por orden de presentación, pero si dos solicitantes piden la misma marca el mismo día, se concede a quien la haya usado primero y de forma continua en Honduras; además, la marca que un tercero, aunque no la haya registrado, ya usa en Honduras y sobre la que por ello tiene mejor derecho es motivo de denegación. Quien se oponga alegando uso anterior debe haber solicitado ya el registro de su propia marca, y el Registro tramita entonces las dos solicitudes juntas. Si va a entrar en el mercado hondureño, solicite antes de empezar a vender o de nombrar distribuidores.

Plazos legales cortos: 6 meses sin actuar y la solicitud caduca

Los defectos de forma se subsanan en 30 días hábiles y las objeciones se contestan en 60 días hábiles; de lo contrario, la solicitud se tiene por abandonada y se archiva; en cualquier fase, la solicitud caduca si no se actúa en 6 meses desde la última notificación. Al designar al apoderado, confirme que la dirección para notificaciones es correcta y acuerde en cuánto tiempo le trasladará las notificaciones.

Tasas por clase, sin vía Madrid, y ampliar productos exige una solicitud nueva

Honduras no forma parte del Sistema de Madrid, así que un registro internacional de la OMPI no puede extenderse a Honduras: un apoderado domiciliado allí debe presentar una solicitud aparte. La solicitud indica los productos y servicios con su clase internacional y las tasas se cobran por clase; la ley no dice expresamente si una solicitud puede abarcar varias clases, así que se sigue el criterio del Registro y del agente. Para añadir productos o servicios tras el registro, la ley exige un registro nuevo que repite todo el procedimiento. Decidir las clases y el alcance de los productos antes de presentar ahorra una segunda ronda de publicaciones y tasas.

Similitud, distintividad y obligación de etiquetado

Se deniega la marca que sea similar en lo visual, lo verbal o lo fonético a un registro o una solicitud anterior, para los mismos productos o servicios o para otros que puedan asociarse, y también los signos que describen directamente el producto, los nombres genéricos, un color aislado y la forma usual del producto; tampoco se registra la marca similar a una marca ajena vencida o cancelada hace menos de 1 año. Además, la ley exige que todos los productos vendidos en Honduras indiquen el país de fabricación, el nombre del fabricante y, cuando el fabricante y el titular de la marca no son la misma persona, la relación entre ambos, así que prepare así las etiquetas de sus productos de exportación.

Tras el registro

Mantener el registro

Un registro hondureño tiene una vigencia de 10 años desde la fecha de concesión; la ley exige una tasa anual de mantenimiento, 3 años consecutivos sin uso permiten la cancelación y hay que renovar antes del vencimiento.

CuándoQué hay que hacerTasa oficial
Cada añoPagar la tasa anual de mantenimiento legal y conservar los comprobantes; la renovación está condicionada a su pago; confirme con el agente cómo se cobra en la práctica100 lempiras por marca
Durante toda la vigenciaUsar la marca en Honduras y conservar pruebas documentales, como ventas y publicidad; 3 años consecutivos sin uso permiten la cancelación, limitada a los productos no usados; el uso por un licenciatario cuenta como uso del titular—
En el año anterior al vencimiento, cada 10 añosRenovar; no se puede modificar la marca ni añadir productos o servicios, pero sí limitar la lista350 lempiras por marca
En los 6 meses posteriores al vencimientoTodavía se puede renovar en el plazo de gracia, durante el cual el registro sigue en vigor350 lempiras por marca + recargo de 50 lempiras
En cualquier momentoLa cesión debe constar por escrito y solo surte efecto frente a terceros una vez inscrita; los cambios de domicilio o de nombre deben inscribirse; la licencia puede inscribirse, pero la inscripción no es requisito de validezCesión 500 por clase, cambio 300, licencia 500 lempiras

El uso de la marca en una forma que difiera de la registrada solo en detalles que no alteren su carácter distintivo no afecta al registro. Etiquete sus productos como exige la ley hondureña, con el país de fabricación, el fabricante y su relación con el titular de la marca. Los registros de marca de las plataformas de comercio electrónico suelen exigir también una marca registrada o solicitada.

Preguntas frecuentes

Registro de marca en Honduras

¿Cuánto cuesta registrar una marca en Honduras?

Las tasas legales se cobran por clase: la tasa de registro es de 700 lempiras por clase y, superado el examen, la solicitud debe publicarse tres veces en el diario oficial La Gaceta, con la publicación organizada y pagada según indique el agente. Tras el registro, la ley exige una tasa anual de mantenimiento de 100 lempiras, y la renovación cada 10 años cuesta 350 lempiras. Los honorarios, incluidos los del apoderado hondureño, los presupuesta el agente tras recibir el encargo.

¿Cuánto tarda el registro de una marca en Honduras?

La DIGEPIH no publica un tiempo medio de examen verificable. Los hitos legales son: los defectos de forma se subsanan en 30 días hábiles; las objeciones se contestan en 60 días hábiles; superado el examen, la solicitud se publica tres veces en el diario oficial, con 10 días de intervalo; el plazo de oposición termina 30 días hábiles después de la última publicación y, sin oposición, se concede el registro. Una oposición alarga el trámite de forma considerable.

¿Puedo registrar una marca en Honduras por el Sistema de Madrid?

No. Honduras no es miembro del Protocolo de Madrid (lista de miembros de la OMPI a 11 de octubre de 2026), así que un registro internacional no puede designarlo; un apoderado domiciliado en Honduras debe presentar una solicitud aparte ante la DIGEPIH. Si su primera solicitud en el extranjero tiene menos de 6 meses, puede reivindicar la prioridad del Convenio de París al solicitar en Honduras.

¿El poder para Honduras necesita notarización o legalización?

La Ley de Propiedad Industrial solo exige acompañar el poder con la solicitud y no indica cómo debe autenticarse. Honduras aplica el Convenio de La Haya sobre la Apostilla desde el 30 de septiembre de 2004, así que, si el Registro exige legalización, el poder otorgado en otro Estado contratante solo necesita notarización y apostilla, sin legalización consular. Siga las indicaciones del agente sobre el formato.

¿Cuánto dura una marca en Honduras? ¿Hay que pagar una tasa anual?

10 años desde la fecha de concesión, renovables indefinidamente por periodos de 10 años; la renovación se pide en el año anterior al vencimiento, con 6 meses más de gracia tras el vencimiento con un recargo de 50 lempiras. A diferencia de la mayoría de países, la Ley de Propiedad Industrial hondureña fija una tasa anual de mantenimiento de 100 lempiras por marca registrada y condiciona la renovación a su pago; confirme con el agente cómo se cobra en la práctica y páguela año a año.

¿Qué oficina registra las marcas en Honduras y cómo se busca una marca?

La autoridad competente es la Dirección General de Propiedad Intelectual (DIGEPIH), dependiente del Instituto de la Propiedad, y las solicitudes las recibe e inscribe su Registro de la Propiedad Industrial. Por ley el registro es público: cualquiera puede consultarlo gratuitamente y obtener certificaciones registrales previo pago, y la búsqueda de antecedentes por el Registro cuesta 100 lempiras. Para conocer el riesgo de similitud antes de solicitar, use la búsqueda gratuita de esta página.

Otros derechos de PI

Patentes: en Honduras, la patente de invención dura 20 años desde la fecha de presentación, sin prórroga; las anualidades se pagan cada año a partir de antes del tercer año desde la fecha de presentación. Honduras es miembro del PCT desde el 20 de junio de 2006.

Diseños: se registran como «patentes de diseño industrial», con una vigencia de 5 años desde la fecha de presentación, prorrogable dos veces por 5 años cada una; Honduras no es parte del Arreglo de La Haya, así que hay que solicitarlo directamente.

Las solicitudes de patente se tramitan a través de una agencia de patentes vinculada.

Otros países y territorios de la región

Guatemala · Costa Rica · Panamá · México · República Dominicana

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