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Guía de registro de marca por país · Actualizado el

Registro de marca en El Salvador

En El Salvador, la solicitud suele presentarse mediante un agente local directamente ante el Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI): El Salvador no forma parte del Sistema de Madrid. Desde febrero de 2025, la solicitud se publica una sola vez en el Boletín electrónico del ISPI, con 2 meses de oposición; las tasas oficiales se pagan en dólares por clase.

Encargo en línea · registro de marca en El Salvador

Indique la marca, las clases y el solicitante; un agente presupuesta tras el envío. Al aceptar el presupuesto paga en línea y sigue el avance en su cuenta.

Datos clave

Marcas en El Salvador: datos clave

Oficina competenteInstituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI), dependiente del Centro Nacional de Registros (CNR); desde 2025 sustituye al antiguo Registro de la Propiedad Intelectual. Web y buscadores: Herramientas de PI.
LegislaciónLey de Propiedad Intelectual (Decreto Legislativo n.º 66 de 2024, publicado en el Diario Oficial n.º 153, tomo 444, el 15 de agosto de 2024; en vigor 6 meses después de su publicación, es decir, desde febrero de 2025; derogó la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos de 2002). Las tasas oficiales las fija directamente el artículo 325 de la Ley
Cómo nace el derechoEl derecho se adquiere con el registro; entre dos o más solicitudes, la prelación la determinan la fecha y la hora de presentación; para solicitar no hay que acreditar el uso, y ni el uso ni el registro de la marca son obligatorios
Sistema de MadridNo es parte del Protocolo de Madrid (lista de miembros de la OMPI, comprobada el 15 de octubre de 2026): El Salvador no puede designarse en un registro internacional
RepresentaciónSe puede actuar por sí mismo o por medio de representante legal o apoderado; si el apoderado es abogado, debe ser abogado salvadoreño; un poder ya inscrito en el ISPI basta con citarlo, sin volver a presentarlo
Clases y solicitud multiclaseClasificación de Niza; una solicitud puede abarcar varias clases; las tasas de solicitud, registro y renovación se cobran por clase, y la publicación cuesta 50 dólares por la primera clase más 5 por cada clase adicional
Respuesta a objeciones (legal)Los requisitos de la fecha de presentación se completan en 10 días hábiles; los defectos de forma se subsanan en 10 días hábiles, o la solicitud caduca; las objeciones de fondo se contestan en 4 meses desde el día siguiente a la notificación; en cualquier fase, 6 meses sin impulso desde la última notificación hacen caducar la solicitud
Publicación y oposición (legal)Superado el examen y admitida la solicitud, el solicitante pide la publicación en los 4 meses siguientes a la notificación y paga la tasa; el ISPI publica la solicitud una sola vez en su Boletín de Propiedad Intelectual electrónico en 10 días hábiles; la oposición se presenta en los 2 meses siguientes a la fecha de la publicación electrónica
Tasa de registro (legal)Sin oposición, o desestimada la oposición, el ISPI resuelve conceder el registro; si la tasa de registro no se paga en los 3 meses siguientes a la notificación, la resolución queda sin efecto y la solicitud se tiene por abandonada
Vigencia y renovación10 años desde la fecha de inscripción, renovables indefinidamente por periodos de 10 años; la renovación puede pedirse en cualquier momento de la vigencia, con recargo en el plazo de gracia de 6 meses posterior al vencimiento; el registro no renovado al terminar el plazo de gracia caduca de pleno derecho
Falta de usoCumplidos 5 años desde el registro, si la marca lleva 5 años consecutivos sin usarse en El Salvador, cualquier persona con interés legítimo puede pedir a los tribunales su cancelación; el uso para la exportación y la publicidad cuentan como uso, y el uso por un licenciatario cuenta como uso del titular
PrioridadPrioridad del Convenio de París de 6 meses, contados desde el día siguiente a la solicitud anterior; se reivindica al presentar o en los 3 meses siguientes, y la copia certificada por la oficina receptora se aporta en los 3 meses siguientes a la presentación; se admite la copia certificada electrónica, sin legalización, con traducción simple si hace falta
Plazo para la nulidadLa nulidad por derechos de terceros debe pedirse ante los tribunales en los 5 años siguientes al registro; el registro de mala fe no está sujeto a plazo, y puede pedirse a la vez que la marca se transfiera al reclamante
Tasas de solicitud20 dólares por clase al presentar, 50 dólares de publicación (más 5 por cada clase adicional) y 80 dólares por clase de registro (artículo 325 de la Ley de Propiedad Intelectual, vigente desde febrero de 2025)

Comprobado el 2026-10-15; información general: prevalecen las normas y tasas publicadas por la oficina.

Qué vía

Solicitud directa: ¿reivindicar o no la prioridad?

El Salvador no forma parte del Sistema de Madrid, por lo que no puede designarse en un registro internacional: la solicitud se presenta directamente ante el ISPI, normalmente mediante un abogado salvadoreño. Para el solicitante extranjero, lo que realmente hay que decidir es si se reivindica la prioridad de una solicitud anterior presentada en el extranjero.

ConceptoSolicitud directa sin prioridadSolicitud directa con prioridad de una solicitud anterior en el extranjero
Requisito previoNinguno; es la vía si no tiene una solicitud anterior en el extranjero o si esta tiene más de 6 mesesPresentar en El Salvador en los 6 meses contados desde el día siguiente a su primera solicitud, para la misma marca y los mismos productos y servicios
PrelaciónLa fecha y la hora de presentación ante el ISPILa fecha de su primera solicitud pasa a ser la fecha de prioridad; las solicitudes presentadas o el uso iniciado por terceros durante el plazo de prioridad no pueden oponerse a usted ni les dan derecho alguno
Trámites adicionalesNingunoReivindicar la prioridad al presentar o en los 3 meses siguientes; en los 3 meses siguientes a la presentación, aportar copia de la solicitud anterior certificada por la oficina de origen; se admite la copia certificada electrónica, no se exige legalización y, si hace falta, se adjunta una traducción simple
Tasas oficiales20 dólares por clase al presentar, publicación desde 50 dólares y 80 dólares por clase de registroLas mismas que en la solicitud directa; el artículo 325 no prevé una tasa propia de prioridad
RiesgoSi un tercero presenta antes que usted en el intervalo entre su solicitud de origen y la presentación en El Salvador, puede bloquearleTanto la reivindicación como el documento de prioridad tienen un plazo legal de 3 meses; conviene organizarlos junto con la presentación
Para quiénAún no ha presentado en otro país, o su primera solicitud tiene más de 6 mesesSu primera solicitud en el extranjero tiene menos de 6 meses, sobre todo si le preocupa que un tercero se le adelante en El Salvador

Si va a proteger su marca en varios países de Centroamérica, compare con Registro de marca en Guatemala, Registro de marca en Honduras y Registro de marca en Costa Rica: ninguno de los cuatro países puede designarse por la vía Madrid, así que hay que solicitar directamente en cada uno; México, en cambio, sí puede designarse por Madrid, véase Registro de marca en México. Para elegir entre las dos vías, véase Designación Madrid o solicitud nacional directa: cuál conviene en cada caso.

¿No lo tiene claro? Haga primero una búsqueda gratuita y después envíe el encargo en línea; el agente le aconsejará a la vista de los resultados.

Qué preparar

Lista de documentos

Para una solicitud presentada ante el ISPI por medio de un agente salvadoreño, las empresas y personas extranjeras suelen preparar la siguiente información y documentación. La solicitud puede presentarse en línea por el sistema eCNR del CNR o en papel, y al presentar no hacen falta pruebas de uso.

Solicitante

  • Nombre, domicilio y país; escriba el nombre de la empresa exactamente como figura en el poder, porque el certificado se expide con el nombre tal como consta en la solicitud
  • Una dirección exacta o un medio electrónico para recibir notificaciones; los solicitantes extranjeros suelen usar la dirección del agente salvadoreño o la notificación electrónica
  • Si son varios solicitantes, indiquen la cuota de cada uno; si no se indica, se presumen cuotas iguales

La marca

  • La representación gráfica de la marca; para marcas sonoras, olfativas y otras que no puedan representarse gráficamente, una reproducción en soporte digital con una descripción escrita
  • Las palabras con significado en un idioma distinto del español requieren una traducción simple al español
  • Si reivindica colores, indique el nombre de los colores reivindicados y en qué partes principales de la marca se usan
  • Si la marca contiene el nombre, la firma, el seudónimo o la imagen de otra persona, se necesita su consentimiento expreso, o el de sus herederos; si contiene emblemas de un Estado o de una organización internacional, la autorización de la autoridad competente

Productos o servicios

  • Conforme a la Clasificación de Niza, con los productos y servicios y su clase; una solicitud puede abarcar varias clases, y las tasas oficiales se pagan por clase
  • Tras la presentación, los productos y servicios pueden limitarse en cualquier momento (25 dólares); ampliarlos solo es posible antes de la publicación (25 dólares), no después

Poder y prioridad

  • Poder: la solicitud debe acompañarse de la acreditación de la representación del agente; si el apoderado es abogado, debe ser abogado salvadoreño. El Salvador aplica el Convenio de la Apostilla de La Haya, así que, cuando haga falta autenticación, un poder otorgado en otro Estado parte se formaliza ante notario y se apostilla, sin legalización consular; el formato sigue las instrucciones del agente
  • Si la acreditación de la representación no está lista, puede aportarse en los 4 meses siguientes a la fecha de presentación sin afectar a esa fecha; un poder ya inscrito en el ISPI basta con citarlo
  • Para reivindicar la prioridad: hacerlo al presentar o en los 3 meses siguientes, y aportar en los 3 meses siguientes a la presentación copia de la solicitud anterior certificada por la oficina de origen (se admite la copia certificada electrónica, sin legalización, con traducción simple si hace falta)

El poder y los demás documentos firmados se aportan según las instrucciones del agente. El mismo solicitante no puede presentar una nueva solicitud para una marca idéntica y los mismos productos y servicios mientras tenga esa marca registrada o en trámite.

Cuánto tarda

Proceso y plazos

Ejemplo: solicitud directa sin objeciones de fondo ni oposición. Los plazos marcados como «legal» los fija la ley; los plazos que la ley cuenta en días son días hábiles, contados desde el día siguiente a la notificación.

  1. Paso 1

    Búsqueda previa (recomendada)

    Buscar marcas anteriores similares y fijar las clases y la redacción de los productos y servicios; el ISPI ofrece una búsqueda automatizada de similitud fonética que se cobra por clase, 20 dólares por clase

  2. Paso 2

    Presentación

    El agente salvadoreño presenta la solicitud en línea por eCNR o en papel y paga la tasa de solicitud; el ISPI anota la fecha y la hora de presentación; los requisitos de la fecha de presentación que falten se completan en 10 días hábiles (legal)

  3. Paso 3

    Examen de forma y de distintividad

    Los defectos de forma se subsanan en 10 días hábiles, o la solicitud caduca (legal); las objeciones de fondo se contestan en 4 meses desde el día siguiente a la notificación (legal); si una marca anterior sigue en trámite, la solicitud se suspende hasta que se resuelva

  4. Paso 4

    Publicación

    Admitida la solicitud por el ISPI, el solicitante pide la publicación y paga la tasa en los 4 meses siguientes a la notificación (legal); el ISPI publica la solicitud una sola vez en su Boletín de Propiedad Intelectual electrónico en 10 días hábiles (legal)

  5. Paso 5

    Plazo de oposición

    2 meses desde la fecha de la publicación electrónica (legal); si hay oposición, el solicitante la contesta en los 2 meses siguientes al día posterior a la notificación (legal)

  6. Paso 6

    Tasa de registro y certificado

    Sin oposición, el ISPI resuelve conceder el registro; la tasa de registro se paga en los 3 meses siguientes a la notificación (legal); hecha la inscripción, se expide el certificado en papel o electrónico, con vigencia de 10 años desde la fecha de inscripción

El ISPI no publica tiempos medios de examen que puedan verificarse, así que esta página solo recoge los plazos legales. En cualquier fase, la solicitud caduca de pleno derecho si pasan 6 meses sin impulso desde la última notificación, salvo fuerza mayor; si se retira la solicitud o la oposición, las tasas ya pagadas no se devuelven.

Cómo leer los plazos: "legal" = fijado por ley; "estadística oficial" = media publicada por la oficina; "estimación" = casos típicos. Cada caso puede variar.

Cuánto cuesta

Tasas oficiales

Las tasas oficiales se expresan en dólares estadounidenses y las fija directamente el artículo 325 de la Ley de Propiedad Intelectual, aplicable desde la entrada en vigor de la Ley en febrero de 2025. Las tasas de solicitud, registro y renovación se cobran por clase; la de publicación se cobra por solicitud, con un suplemento por cada clase adicional; pueden pagarse en línea por el sistema eCNR del CNR. Una solicitud puede abarcar varias clases. La tabla siguiente recoge los importes legales vigentes.

ConceptoCobroImporteAprox. USD
Al presentar
Tasa de presentación de solicitud de marca (por cada clase; una solicitud puede abarcar varias clases)Por clase20 USDUSD 20
Al registrar
Derechos de registro de marca (por cada clase; se pagan dentro de los 3 meses siguientes a la notificación de la resolución que concede el registro)Por clase80 USDUSD 80
Según el caso
Limitación, modificación o división de la solicitud (cada una)Por solicitud25 USDUSD 25
Mantener el registro
Tasa de renovación del registro de marca (cada 10 años, por cada clase)Por clase100 USDUSD 100
Recargo por renovación dentro del plazo de gracia de seis mesesPor solicitud100 USDUSD 100
Otras
Tasa de publicación de la solicitud en el Boletín electrónico del ISPI (por solicitud, primera clase incluida; se paga al pedir la publicación tras la admisión)Por solicitud50 USDUSD 50
Recargo de la tasa de publicación (por cada clase adicional)Cada clase adicional5 USDUSD 5
Inscripción posterior al registro: transferencia, licencia de uso, cambio de nombre o domicilio, limitación, división, cancelación voluntaria, etc. (cada una)Por solicitud30 USDUSD 30

Fuente: Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI), Centro Nacional de Registros: Ley de Propiedad Intelectual, Decreto Legislativo N.º 66, art. 325 ; CNR Detalle de Servicios del ISPI · tarifas vigentes desde el 2025-02-15 · comprobado el 2026-10-15

Las tasas oficiales son las publicadas por la oficina; los honorarios los presupuesta un agente tras el envío, y solo paga tras aceptar el presupuesto.

Ejemplo: una marca registrada en 1 clase: tasa de solicitud 20 + publicación 50 + registro 80 = 150 dólares. Una solicitud en 3 clases: solicitud 3 × 20 = 60, publicación 50 + 2 × 5 = 60, registro 3 × 80 = 240, 360 dólares en total. La tasa de solicitud se paga al presentar, la de publicación al pedir la publicación tras la admisión, y la de registro en los 3 meses siguientes a la notificación de la concesión.

La renovación cuesta 100 dólares por clase; si se renueva en el plazo de gracia de 6 meses posterior al vencimiento, se añade un recargo de 100 dólares. Limitar o ampliar los productos y servicios o dividir la solicitud durante el trámite cuesta 25 dólares cada vez; las inscripciones posteriores al registro, como cesiones, licencias, cambios de nombre o domicilio, división del registro y cancelación voluntaria, cuestan 30 dólares cada una. Antes de presentar, la búsqueda automatizada de similitud fonética cuesta 20 dólares por clase, y la búsqueda por titular, 50 dólares.

Las micro y pequeñas empresas y otros sujetos determinados tienen reducciones de tasas conforme al artículo 324 de la Ley; no se aplican a los solicitantes extranjeros. Los honorarios, incluidos los del agente salvadoreño, los presupuesta el agente tras recibir el encargo; solo paga después de aceptar el presupuesto.

Riesgos

Normas propias de El Salvador y denegaciones frecuentes

Estos son los problemas más frecuentes en el examen salvadoreño, junto con normas propias de El Salvador que es fácil pasar por alto.

La publicación hay que pedirla; si pasan 4 meses, la solicitud caduca

Superado el examen y admitida la solicitud, el ISPI no la publica de oficio: el solicitante debe pedir la publicación y pagar la tasa en los 4 meses siguientes a la notificación de la admisión, y el ISPI la publica en su Boletín de Propiedad Intelectual electrónico en 10 días hábiles. Si en 4 meses no se pide la publicación, la solicitud se tiene por caducada y se archiva. Esta carga del solicitante se mantuvo cuando la nueva Ley, vigente desde 2025, sustituyó las tres publicaciones en el Diario Oficial y en un periódico por una sola publicación en el Boletín electrónico, así que conviene tramitarla en cuanto llegue la notificación de admisión.

La tasa de registro se paga en 3 meses, o la solicitud se tiene por abandonada

Vencido el plazo de oposición sin oposición, o desestimada esta, el ISPI resuelve conceder el registro y notifica al solicitante para que pague la tasa de registro (80 dólares por clase); si en los 3 meses siguientes a la notificación no se presenta el comprobante de pago, la resolución queda sin efecto, la solicitud se tiene por abandonada y solo cabe volver a solicitar. Al instruir a su agente, compruebe que el canal de notificaciones funciona y reserve los fondos para la tasa.

Plazos legales cortos; la objeción de fondo no admite recurso por sí sola

Los requisitos de la fecha de presentación y los defectos de forma solo tienen 10 días hábiles para subsanarse; si el ISPI objeta por falta de distintividad o por conflicto con derechos anteriores, hay 4 meses desde el día siguiente a la notificación para contestar, y esa notificación no admite recurso administrativo. Solo si no se contesta en 4 meses, o la objeción se mantiene, el ISPI dicta la resolución que rechaza la solicitud, recurrible conforme a la Ley de Procedimientos Administrativos. Además, en cualquier fase, 6 meses sin impulso desde la última notificación hacen caducar la solicitud de pleno derecho.

La cancelación por falta de uso es judicial, la publicidad cuenta como uso y quien la obtiene tiene preferencia para registrar

Cumplidos 5 años desde el registro, si la marca lleva 5 años consecutivos sin usarse en El Salvador, cualquier persona con interés legítimo puede pedir a los juzgados de lo civil y mercantil su cancelación, y la carga de probar el uso recae en el titular. El uso para la exportación y la publicidad en cualquier medio cuentan como uso, aunque los productos aún no se vendan en el país. Quien obtiene la sentencia de cancelación tiene derecho preferente a registrar la marca desde la fecha de la demanda hasta 3 meses después de que la sentencia quede firme, así que conviene solicitar antes de entrar en el mercado salvadoreño y conservar facturas, contabilidad y pruebas de publicidad.

Los productos deben indicar el lugar de producción, el productor y su relación con el titular de la marca

El artículo 130 de la Ley de Propiedad Intelectual exige que todos los productos que se vendan en El Salvador indiquen claramente el lugar de producción o fabricación, el nombre del productor o fabricante y, cuando el productor y el titular de la marca no sean la misma persona, la relación entre ambos. Si entra en El Salvador por medio de fabricantes contratados o distribuidores, prepare el etiquetado de los productos conforme a esta norma, o podría considerarse incumplida la obligación de indicación.

Semejanza, distintividad y acuerdos de coexistencia

Se deniegan las marcas semejantes en lo gráfico, fonético o conceptual a una marca o un nombre comercial solicitados o registrados antes cuando puedan causar confusión, así como los términos descriptivos y los nombres genéricos, un solo color, una sola letra o cifra sin una forma distintiva especial y los signos idénticos a un nombre de dominio usado sin autorización. Si una marca anterior sigue en trámite, la solicitud se suspende hasta que se resuelva; con un acuerdo de coexistencia por escrito o la autorización del titular anterior, las marcas semejantes pueden coexistir, pero las idénticas no. Una búsqueda previa reduce mucho estos riesgos.

Tras el registro

Mantener el registro

Un registro salvadoreño tiene una vigencia de 10 años desde la fecha de inscripción. En ese tiempo no hay que presentar declaraciones de uso, pero, cumplidos 5 años desde el registro, 5 años consecutivos sin uso pueden llevar a su cancelación judicial, y hay que renovarlo al vencimiento.

CuándoQué hay que hacerTasa oficial
Cumplidos 5 años desde el registroSeguir usando la marca en El Salvador y conservar facturas, contabilidad, publicidad y otras pruebas; tras 5 años consecutivos sin uso, un tercero puede pedir a los tribunales la cancelación del registro, o solo la de los productos no usadosNinguna
Durante la vigencia, cada 10 añosRenovar: puede pedirse en cualquier momento de la vigencia; sin examen ni publicación; no puede modificarse la marca ni añadirse productos, pero sí limitarlos; surte efecto desde el día siguiente al vencimiento original100 dólares por clase
En los 6 meses posteriores al vencimientoAún puede renovarse en el plazo de gracia, durante el cual el registro sigue vigente; si no se renueva al terminar el plazo de gracia, el registro caduca de pleno derecho100 dólares por clase + recargo de 100 dólares
En cualquier momentoLas cesiones deben constar por escrito e inscribirse en el ISPI para surtir efectos frente a terceros; los cambios de nombre o domicilio se inscriben; las licencias surten efectos frente a terceros sin inscripción, y pueden inscribirse voluntariamente para darles publicidad30 dólares por trámite

El uso por un licenciatario cuenta como uso del titular, y las diferencias entre la marca usada y la registrada que afecten solo a detalles no esenciales no perjudican al registro. Etiquete sus productos como exige la ley salvadoreña, con el lugar de producción, el productor y su relación con el titular de la marca. Una vez registrada la marca, puede pedir a los tribunales medidas en frontera para suspender el despacho aduanero de mercancía infractora; los registros de marcas de las plataformas de comercio electrónico suelen exigir también una marca registrada o solicitada.

Preguntas frecuentes

Registro de marca en El Salvador

¿Cuánto cuesta registrar una marca en El Salvador?

Las tasas oficiales se pagan en dólares por clase: 20 dólares por clase al presentar, 50 dólares de publicación en el Boletín electrónico del ISPI tras el examen (más 5 por cada clase adicional) y 80 dólares por clase de registro tras la concesión. Una marca en una clase suma 150 dólares de tasas oficiales, y una solicitud en 3 clases, 360 dólares. Tras el registro, la renovación cada 10 años cuesta 100 dólares por clase. Los honorarios, incluidos los del agente salvadoreño, los presupuesta el agente tras recibir el encargo.

¿Cuánto tarda el registro de una marca en El Salvador?

El ISPI no publica tiempos medios de examen que puedan verificarse. Los hitos legales son: los defectos de forma se subsanan en 10 días hábiles, las objeciones de fondo se contestan en 4 meses, la publicación se pide en los 4 meses siguientes a la admisión y el ISPI la publica en 10 días hábiles, hay 2 meses de oposición tras la publicación y la tasa de registro se paga en los 3 meses siguientes a la notificación de la concesión. Si hay oposición, el solicitante tiene 2 meses para contestarla y el trámite se alarga bastante.

¿Se puede registrar una marca en El Salvador por el Sistema de Madrid?

No. El Salvador no es parte del Protocolo de Madrid (lista de miembros de la OMPI a 15 de octubre de 2026), así que un registro internacional no puede designar El Salvador; un agente salvadoreño debe presentar la solicitud directamente ante el ISPI. Si su primera solicitud en el extranjero tiene menos de 6 meses, puede reivindicar la prioridad del Convenio de París al presentar en El Salvador, y la fecha de esa solicitud determinará la prelación.

¿Puedo solicitar una marca en El Salvador en varias clases a la vez?

Sí. La Ley de Propiedad Intelectual vigente desde 2025 cobra por clase las tasas de solicitud, registro y renovación, con una tasa de publicación de 50 dólares por la primera clase más 5 por cada clase adicional, y en el Boletín electrónico del ISPI hay solicitudes que abarcan más de diez clases. Durante el trámite, la solicitud puede dividirse en varias (25 dólares), cada una con la fecha de presentación y la prioridad originales; tras la publicación ya no pueden ampliarse los productos y servicios.

¿El poder para El Salvador necesita notario o legalización?

La Ley de Propiedad Intelectual exige que la solicitud se acompañe de la acreditación de la representación del agente y que, si el apoderado es abogado, sea abogado salvadoreño, pero no especifica cómo se autentica el documento. El Salvador aplica el Convenio de la Apostilla de La Haya desde el 31 de mayo de 1996, así que, cuando haga falta autenticación, un poder otorgado en otro Estado parte se formaliza ante notario y después se apostilla, sin legalización consular. Si la acreditación no está lista a tiempo, puede aportarse en los 4 meses siguientes a la fecha de presentación sin afectar a esa fecha; el formato sigue las instrucciones del agente.

¿Qué organismo registra las marcas en El Salvador y cómo consulto una marca?

La autoridad en materia de marcas es el Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI), dependiente del Centro Nacional de Registros (CNR); desde la entrada en vigor de la nueva Ley en febrero de 2025 sustituye al antiguo Registro de la Propiedad Intelectual. Las solicitudes publicadas pueden consultarse gratis en el Boletín de Propiedad Intelectual electrónico del ISPI; el sistema en línea del ISPI ofrece una búsqueda automatizada de similitud fonética que se cobra por clase (20 dólares por clase) y una búsqueda por titular (50 dólares). Para conocer el riesgo de marcas similares antes de presentar, use la búsqueda gratuita de esta página.

Otros derechos de PI

Patentes: en El Salvador, la patente de invención dura 20 años desde la fecha de presentación y no puede prorrogarse, salvo que la concesión tarde más de 5 años por causas imputables al propio ISPI; El Salvador es miembro del PCT desde el 17 de agosto de 2006.

Diseños: los diseños industriales se protegen como «patentes de diseño» durante 15 años desde la fecha de presentación, con tasas de mantenimiento cada 5 años a partir del sexto año; El Salvador se ha adherido al Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya, y desde el 7 de octubre de 2026 puede designarse en una solicitud internacional de diseño por el Sistema de La Haya.

Las solicitudes de patente se tramitan a través de una agencia de patentes vinculada.

Otros países y territorios de la región

Guatemala · Honduras · Costa Rica · Panamá · México

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