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Guía de registro de marca por país · Actualizado el

Registro de marca en Cuba

Para registrar una marca en Cuba, solicítela ante la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI) o designe Cuba por la vía Madrid. Con el Decreto-Ley 103, vigente desde 2026, debe actuar mediante un agente oficial cubano; una solicitud admite varias clases, con una sola tarifa en dólares hasta 3, y la oposición dura 60 días desde la publicación.

Encargo en línea · registro de marca en Cuba

Indique la marca, las clases y el solicitante; un agente presupuesta tras el envío. Al aceptar el presupuesto paga en línea y sigue el avance en su cuenta.

Datos clave

Marcas en Cuba: datos clave

Oficina competenteOficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI)
LegislaciónDecreto-Ley 103 «De marcas y nombres comerciales» y su Reglamento (Decreto 151), publicados en la Gaceta Oficial el 9 de junio de 2026 y vigentes a los 60 días de su publicación; sustituyen al Decreto-Ley 203 y a sus normas de aplicación
RepresentaciónQuienes no tienen domicilio ni establecimiento comercial real y efectivo en Cuba deben actuar en cualquier trámite mediante un agente oficial de la propiedad industrial
Sistema de MadridParte en el Protocolo desde el 26 de diciembre de 1995; se puede designar Cuba por la vía Madrid, y su tasa individual se paga en dos partes
Varias clases por solicitudUna solicitud puede abarcar varias clases, agrupadas por clase según la edición vigente de la Clasificación de Niza; una sola tarifa cubre hasta 3 clases
Idioma y legalizaciónDocumentos en español o con traducción al español; los trámites de marcas no exigen notario ni legalización consular (salvo la representación entre personas naturales)
Completar la solicitud (legal)Los documentos que falten, en los 60 días siguientes a la fecha de presentación; si se reivindica prioridad, el documento de prioridad en 90 días
Publicación y oposición (legal)Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial en los 180 días siguientes a la fecha de presentación o de prioridad; los titulares de derechos anteriores afectados pueden oponerse por motivos relativos en los 60 días siguientes a la fecha de circulación del Boletín
Plazo de examen (legal)El examen de fondo se hace tras la fase de oposición y debe concluir en el año siguiente a la fecha de presentación
Vigencia y renovación10 años desde la fecha de presentación, renovables por periodos de 10 años; la renovación se pide en los 6 meses anteriores al vencimiento o en un plazo de gracia de 6 meses posterior, con recargo
Falta de usoSi tras la concesión la marca no se usa realmente en Cuba durante 3 años consecutivos, la OCPI puede declarar su caducidad a instancia de parte o de oficio, también solo para los productos no usados
Tasa de solicitud390 dólares por solicitud hasta 3 clases y 120 por cada clase a partir de la cuarta; las empresas extranjeras pagan en dólares estadounidenses (Resolución 71/2026, vigente a los 60 días de su publicación)

Comprobado el 2026-10-06; información general: prevalecen las normas y tasas publicadas por la oficina.

Qué vía

Solicitud directa o designación Madrid

Ambas vías permiten obtener protección en Cuba. Se diferencian en los requisitos previos, la forma de pago y el riesgo de dependencia. Elija la que elija, tras el registro la marca debe usarse realmente en Cuba, o puede caducar a los 3 años.

ConceptoSolicitud directa ante la OCPIDesignación de Cuba por la vía Madrid
Requisito previoNingunoUna solicitud o un registro de base en su oficina de origen
AgenteUn agente oficial cubano de la propiedad industrial desde la presentaciónNo hace falta para presentar a través de la OMPI; es necesario para contestar ante la OCPI una denegación provisional o realizar allí cualquier otro trámite
Tasas oficialesSe pagan a la OCPI en dólares estadounidenses: 390 dólares por solicitud hasta 3 clases y 120 por cada clase a partir de la cuartaTasa de base y tasa individual de Cuba, pagaderas a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI); la tasa individual de Cuba se paga en dos partes, la segunda cuando Cuba concede la protección (en francos suizos; véase el calculador de tasas de la OMPI)
ClasesUna solicitud puede abarcar varias clasesUn registro internacional puede abarcar varias clases
Plazos de examen y denegaciónPublicación en los 180 días siguientes a la presentación; el examen de fondo debe concluir en un año (legal)Cuba no ha declarado un plazo de denegación ampliado, así que rige el plazo de un año del Protocolo
Riesgo de dependenciaNingunoSi la solicitud o el registro de base se deniega o se cancela en los 5 primeros años, la designación de Cuba decae con él (puede transformarse en una solicitud nacional cubana dentro del plazo establecido)
Para quiénSolo le interesa Cuba o no tiene una solicitud de origen en la que basarseYa tiene una solicitud o un registro de origen y quiere protección en varios países

Si también se dirige a otros mercados hispanohablantes, compare con Registro de marca en México y Registro de marca en España: Cuba y México se pueden designar juntos por la vía Madrid, pero México solo admite una clase por solicitud nacional y exige una declaración de uso tras el tercer aniversario del registro; en Cuba no rige ninguna de las dos reglas.

¿No lo tiene claro? Haga primero una búsqueda gratuita y después envíe el encargo en línea; el agente le recomendará la vía a la vista de los resultados.

Qué preparar

Lista de documentos

Para una solicitud directa ante la OCPI, prepare la siguiente información y documentación. Para obtener fecha de presentación basta con los datos del solicitante, la lista de productos y servicios, una reproducción clara de la marca y el pago de la tarifa de solicitud; el resto puede aportarse en los 60 días siguientes a la fecha de presentación. Al presentar la solicitud no hacen falta pruebas de uso.

Solicitante

  • Nombre, nacionalidad y domicilio (para una empresa, su denominación tal como consta en el registro, escrita en español o en inglés)
  • Correo electrónico y teléfono: la OCPI notifica preferentemente por correo electrónico, que normalmente recibe su agente cubano
  • Si son varios solicitantes, designan por escrito, de común acuerdo, un representante o un agente oficial común

La marca

  • La reproducción de la marca; las marcas denominativas formadas solo por letras latinas y números se presentan en caracteres estándar, sin elementos figurativos ni colores
  • Las marcas con caracteres chinos u otros caracteres no latinos se presentan como marcas figurativas, con su transliteración al alfabeto latino (por ejemplo, el pinyin en el caso del chino)
  • Si reivindica colores, indique su nombre o código; las marcas tridimensionales, sonoras, animadas y demás tipos nuevos se presentan con reproducciones, archivos de audio o vídeo y una descripción en el formato establecido

Productos o servicios

  • Según la edición vigente de la Clasificación de Niza, enumere productos y servicios concretos, cada grupo precedido de su número de clase y por orden de clase ascendente
  • Los títulos de clase y otros términos generales solo se aceptan si son tan claros como exige la OCPI

Prioridad

  • Para reivindicar la prioridad de una solicitud anterior, presente en Cuba dentro de los 6 meses siguientes a esa fecha, indicando su número, su fecha y la oficina
  • Aporte el documento de prioridad (copia certificada de la oficina de origen) en los 90 días siguientes a la fecha de presentación en Cuba, o indique un código de acceso para obtenerlo por vía electrónica; cada prioridad paga su propia tarifa

Poder y otros documentos

  • Poder: firmado por el solicitante, con el alcance de las facultades y una copia para cada solicitud; la ley no exige notario ni legalización consular
  • Todos los documentos en español o con traducción al español
  • Si la marca incluye el nombre, la imagen u otros rasgos que identifiquen a otra persona, se necesita su consentimiento por escrito (o el de sus herederos, si ha fallecido)

Los documentos firmados, como el poder, se aportan según las instrucciones del agente. Si los documentos no se completan en los 60 días siguientes a la fecha de presentación, o los defectos no se subsanan en el plazo fijado en una notificación oficial, la solicitud se tiene por abandonada.

Cuánto tarda

Proceso y plazos

Ejemplo: solicitud directa sin oposición. Los plazos marcados como «legal» los fija la ley.

  1. Paso 1

    Búsqueda previa (recomendada)

    Buscar marcas anteriores similares, fijar las clases y la redacción de los productos y servicios y preparar la transliteración al alfabeto latino de una marca en otro alfabeto

  2. Paso 2

    Presentación

    La fecha de presentación es aquella en que se cumplen los requisitos mínimos y se paga la tarifa de solicitud; los demás documentos en 60 días y el documento de prioridad en 90 días (legal)

  3. Paso 3

    Examen de forma y publicación

    Superado el examen de forma, publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial en los 180 días siguientes a la fecha de presentación o de prioridad (legal)

  4. Paso 4

    Oposición

    Oposición en los 60 días siguientes a la fecha de circulación del Boletín; si se presenta, el solicitante puede contestar en 60 días (legal)

  5. Paso 5

    Examen de fondo y resolución

    Se examinan los motivos absolutos y relativos, y el examen debe concluir en el año siguiente a la fecha de presentación (legal); si se concede la marca en su totalidad sin oposición, la resolución va acompañada del Certificado de Registro

  6. Paso 6

    Recurso de reforma

    Contra la resolución cabe recurso de reforma ante el director general de la OCPI en 60 días; el director general resuelve en 45 días (legal)

La OCPI no publica tiempos medios de examen que puedan verificarse, así que esta página solo recoge los plazos legales. Las notificaciones oficiales se contestan en 30 días, prorrogables otros 30 si se pide antes del vencimiento (ambos con tarifa); mientras está pendiente una notificación, el procedimiento y sus plazos quedan suspendidos.

Cómo leer los plazos: "legal" = fijado por ley; "estadística oficial" = media publicada por la oficina; "estimación" = casos típicos. Cada caso puede variar.

Cuánto cuesta

Tasas oficiales

Las tasas oficiales se cobran por solicitud: una tarifa de solicitud cubre hasta 3 clases, y a partir de la cuarta se paga una tarifa adicional por clase. Según la Resolución 71/2026 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, las personas jurídicas extranjeras y los extranjeros no residentes en Cuba pagan en dólares estadounidenses; con la nueva ley no hay tarifa de registro aparte al conceder. La tabla siguiente recoge las tarifas vigentes de la OCPI.

ConceptoCobroImporteAprox. USD
Al presentar
Solicitud de registro (por solicitud, hasta 3 clases)Por solicitud390 USDUSD 390
Adición por cada clase a partir de la cuarta, en la solicitudCada clase desde la cuarta120 USDUSD 120
Según el caso
Reivindicación por cada prioridadPor solicitud50 USDUSD 50
Trámite acelerado (cuando el solicitante tiene intención de presentar en el extranjero y se exige un registro)Por solicitud100 USDUSD 100
Contestación de requerimiento oficial (cada una)Por solicitud80 USDUSD 80
Prórroga de 30 días para contestar un requerimiento oficialPor solicitud50 USDUSD 50
Alegaciones del solicitante respecto a las oposicionesPor solicitud100 USDUSD 100
Interposición de recurso de reformaPor solicitud150 USDUSD 150
Contestación a rechazo provisional en virtud del Protocolo de MadridPor solicitud150 USDUSD 150
Mantener el registro
Renovación del registro (cada 10 años, hasta 3 clases)Por solicitud440 USDUSD 440
Renovación: por cada clase adicional a partir de la cuartaCada clase desde la cuarta120 USDUSD 120
Renovación en plazo de gracia, tres primeros meses (hasta 3 clases; sustituye la tarifa ordinaria)Por solicitud480 USDUSD 480
Renovación en plazo de gracia, tres meses siguientes (hasta 3 clases; sustituye la tarifa ordinaria)Por solicitud520 USDUSD 520
Otras
Anotación de cambio en la persona del titular (por solicitud o registro)Por solicitud100 USDUSD 100
Anotación de licencia (por solicitud o registro)Por solicitud100 USDUSD 100
Anotación de cambio de nombre o dirección (por solicitud o registro)Por solicitud40 USDUSD 40

Fuente: Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI); Resolución 71/2026 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, Anexo II (GOC-2026-350-O50) · tarifas vigentes desde el 2026-08-08 · comprobado el 2026-10-07

Las tasas oficiales son las publicadas por la oficina; los honorarios los presupuesta un agente tras el envío, y solo paga tras aceptar el presupuesto.

Ejemplo: una marca en 2 clases requiere una sola solicitud, con una tarifa de 390 dólares; en 5 clases, 390 + 2 × 120 = 630 dólares. Cada prioridad cuesta 50 dólares más; contestar una notificación oficial cuesta 80 dólares cada vez, y una prórroga de 30 días, 50 dólares.

La Resolución 71/2026 se publicó el 9 de junio de 2026 y entró en vigor a los 60 días de su publicación; sustituye a la Resolución 112 de 2021. Las solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor de la nueva ley y aún en trámite pagan al concederse una tarifa de registro de 90 dólares, según las disposiciones transitorias.

Los honorarios los presupuesta el agente tras recibir el encargo; solo paga después de aceptar el presupuesto.

Riesgos

Normas propias de Cuba y denegaciones frecuentes

Estos son los problemas más frecuentes en el examen cubano, junto con normas propias de Cuba que es fácil pasar por alto.

El agente oficial cubano es obligatorio; las notificaciones por correo se acusan en 3 días hábiles

Quienes no tienen domicilio ni establecimiento comercial en Cuba deben realizar todos los trámites, desde la solicitud y las contestaciones hasta las renovaciones, mediante un agente oficial cubano de la propiedad industrial. La OCPI notifica preferentemente por correo electrónico, y el destinatario debe acusar recibo en 3 días hábiles; si no lo hace, la notificación se publica en el Boletín Oficial de Notificación y los plazos corren desde su publicación. Inscriba enseguida cualquier cambio en la dirección o el correo de su agente: la notificación a los datos inscritos es válida.

60 días para completar la solicitud y 30 para contestar; si vencen, la solicitud se abandona

Obtenida la fecha de presentación, los demás documentos deben aportarse en 60 días y el documento de prioridad en 90, o se pierde la prioridad. Las notificaciones oficiales se contestan en 30 días, prorrogables otros 30 solo si se pide antes del vencimiento; si los defectos no se subsanan, o no se subsanan debidamente, la solicitud se tiene por abandonada. Si incumplió un plazo por una causa justificada, puede pedir el restablecimiento del derecho en los 2 meses siguientes al cese del impedimento y dentro del año siguiente al vencimiento del plazo original.

60 días de oposición; la nueva ley suprimió las observaciones de terceros

En los 60 días siguientes a la publicación, solo los titulares de derechos anteriores afectados pueden oponerse por motivos relativos (marcas y nombres comerciales anteriores, marcas notorias, nombres e imágenes, derechos de autor, etc.), pagando la tarifa; el procedimiento de observaciones que la ley anterior abría a cualquier persona ha desaparecido. Si ya tiene una marca anterior en Cuba, vigile el Boletín.

3 años seguidos sin uso: la OCPI puede declarar la caducidad de oficio

Si tras la concesión la marca no se usa realmente en Cuba durante 3 años consecutivos, un tercero puede pedir la caducidad, y la OCPI también puede declararla de oficio, en su caso solo para los productos no usados. El uso iniciado en los 3 meses anteriores a la solicitud de caducidad no salva el registro; las pruebas de uso tienen valor de declaración jurada. También cuenta el uso en productos exportados desde Cuba y la publicidad previa al lanzamiento, siempre que los productos se pongan realmente en el mercado en los 2 meses siguientes al inicio de la publicidad.

Registro por agentes o distribuidores

Se deniega la solicitud presentada a su nombre sin consentimiento por un agente, representante, distribuidor o cualquier otra persona relacionada con el titular; si ya está registrada, el titular legítimo puede reclamar el registro. El registro solicitado de mala fe puede anularse en cualquier momento durante su vigencia. Antes de trabajar con un importador o distribuidor cubano, solicite primero la marca a su nombre.

Motivos de denegación y nulidad propios de Cuba

Además de la falta de distintividad, el carácter descriptivo y la semejanza con marcas anteriores, la ley cubana considera causa de nulidad relativa que la marca sea lesiva a los intereses de la economía nacional, y no se inscriben las licencias lesivas para la economía nacional; las marcas olfativas y gustativas quedan excluidas expresamente de la protección. Las marcas en caracteres chinos u otros caracteres no latinos necesitan transliteración al alfabeto latino, y conviene añadir la traducción al español de su significado.

Tras el registro

Mantener el registro

Un registro cubano tiene una vigencia de 10 años desde la fecha de presentación. En ese tiempo la marca debe usarse realmente en Cuba y renovarse al vencimiento, y las transmisiones y licencias deben inscribirse en la OCPI.

CuándoQué hay que hacerTasa oficial
Cualquier periodo de 3 años consecutivos tras el registroComprobar que la marca se usa realmente en Cuba y conservar pruebas; tras 3 años consecutivos sin uso puede caducar a instancia de parte o de oficio—
En los 6 meses anteriores al vencimiento, cada 10 añosRenovar; se puede renovar solo para una parte de los productos, pero no modificar la marca ni añadir productos440 dólares hasta 3 clases y 120 por cada clase a partir de la cuarta
Plazo de gracia de 6 meses tras el vencimientoAún se puede renovar, con recargo; si no se renueva al terminar el plazo de gracia, el registro caduca de pleno derechoHasta 3 clases: 480 dólares en los 3 primeros meses y 520 en los 3 últimos
Madrid: cada 10 años, el registro internacionalRenovar el registro internacional ante la OMPI, lo que renueva también la protección en CubaTasas de la OMPI (incluida la tasa individual de Cuba)
En cualquier momentoInscribir en la OCPI las transmisiones, las licencias y los cambios de nombre o domicilio para que surtan efectos frente a terceros; los cambios de agente o de correo electrónico se inscriben gratis100 dólares por transmisión o licencia; 40 dólares por cambio de nombre o domicilio

La aduana cubana puede retener las importaciones o exportaciones sospechosas de infracción de oficio, a instancia del titular o por orden judicial; tras la retención, el titular debe acreditar en 3 días hábiles que ha iniciado un proceso judicial, o la mercancía se libera. El uso por un licenciatario cuenta como uso del titular: conserve pruebas de ventas y publicidad frente a una acción de caducidad por falta de uso.

Preguntas frecuentes

Registro de marca en Cuba

¿Cuánto cuesta registrar una marca en Cuba?

Las tasas oficiales se expresan en dólares estadounidenses y se cobran por solicitud: 390 dólares hasta 3 clases y 120 por cada clase a partir de la cuarta; con la nueva ley no hay tarifa de registro aparte al conceder. Cada prioridad cuesta 50 dólares, y cada contestación a una notificación oficial, 80. Los honorarios los presupuesta el agente tras recibir el encargo; solo paga después de aceptar el presupuesto.

¿Cuánto tarda el registro de una marca en Cuba?

La OCPI no publica tiempos medios de examen que puedan verificarse. Los plazos legales son: publicación en los 180 días siguientes a la fecha de presentación o de prioridad, 60 días de oposición desde la fecha de circulación del Boletín y conclusión del examen de fondo en el año siguiente a la fecha de presentación; si se concede la marca en su totalidad sin oposición, la resolución va acompañada del Certificado de Registro. Las oposiciones o las notificaciones oficiales alargan el trámite.

¿Puede una empresa extranjera solicitar una marca en Cuba sin agente local?

No. Quienes no tienen domicilio ni establecimiento comercial real y efectivo en Cuba deben actuar en todos los trámites de marcas mediante un agente oficial cubano de la propiedad industrial. Basta con que el solicitante firme el poder; la ley no exige notario ni legalización consular. Si designa Cuba por la vía Madrid, no necesita agente cubano para presentar, pero sí para contestar una denegación provisional.

¿Una solicitud en Cuba puede abarcar varias clases?

Sí. Una solicitud puede abarcar varias clases, agrupadas por clase según la edición vigente de la Clasificación de Niza; una tarifa cubre hasta 3 clases, y a partir de la cuarta se paga una tarifa adicional por clase. Tras el registro se puede dividir o renovar solo para una parte de los productos, pero no añadir productos ni modificar la marca.

¿Qué cambia con la nueva ley de marcas de Cuba?

El Decreto-Ley 103 «De marcas y nombres comerciales» y su Reglamento se publicaron el 9 de junio de 2026 y entraron en vigor a los 60 días de su publicación; sustituyen al Decreto-Ley 203, dictado a finales de 1999. Los cambios principales para los solicitantes: la ley admite expresamente el registro de combinaciones de colores y sonidos, el Reglamento regula la presentación de marcas de posición, de patrón, animadas, holográficas y multimedia, y las marcas olfativas y gustativas quedan excluidas; desaparecen las observaciones abiertas a cualquier persona y solo quedan las oposiciones de los titulares de derechos anteriores, con 60 días para contestar; no hay tarifa de registro aparte, y las marcas concedidas en su totalidad sin oposición reciben directamente el certificado; el plazo del recurso de reforma pasa a 60 días. Los registros existentes siguen vigentes.

¿Se puede designar Cuba por el Sistema de Madrid?

Sí. Cuba es parte en el Protocolo de Madrid desde el 26 de diciembre de 1995. La tasa individual de Cuba se paga en dos partes: la primera al designar y la segunda cuando Cuba concede la protección, por los importes que indique el calculador de tasas de la OMPI. Cuba no ha declarado un plazo de denegación ampliado, así que cualquier denegación debe notificarse en un año.

Otros derechos de PI

Patentes: en Cuba, la patente de invención dura 20 años y el modelo de utilidad 10 años, ambos desde la fecha de presentación y con pago de anualidades; Cuba es miembro del PCT desde el 16 de julio de 1996.

Diseños: los dibujos y modelos industriales se protegen 10 años desde la fecha de presentación, con pago de anualidades; Cuba no es parte del Arreglo de La Haya, así que los diseños se solicitan directamente ante la OCPI.

Las solicitudes de patente se tramitan a través de una agencia de patentes vinculada.

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