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Actualidad de PI

Ver actualidad y novedades prácticas de propiedad intelectual

Las marcas chinas sin uso podrán cancelarse de oficio, mientras cambian las tasas de Madrid y el examen en EE. UU.

JCIP Weekly Brief | Boletín PI

Edición: JCIPWB2610#1

Esta edición se centra en el tratamiento que la nueva Ley de Marcas de China da a los registros sin uso y a las solicitudes acaparadoras, en los cambios de tasas de Madrid para Arabia Saudí, Israel y Canadá, en las herramientas de IA y la tendencia de las RCE en el examen de la USPTO, en la frontera del derecho de autor sobre contenidos generados con IA y en la vía probatoria de la protección de marcas notorias en la India.


Últimas publicaciones

08 de abril de 2026

La OMPI ha notificado que Qatar depositó su instrumento de adhesión al Arreglo de Niza el 10 de noviembre de 2025 y que el tratado entró en vigor para Qatar el 10 de febrero de 2026. Para las marcas y los equipos de presentación, no se trata solo de una novedad de estatus internacional. Significa que la lógica de clasificación que rodea las solicitudes y los registros marcarios en Qatar queda situada de forma más clara dentro del marco internacional de la Clasificación de Niza.

La consecuencia práctica no se limita a que los documentos oficiales indiquen números de clase. El cambio más importante es otro: la redacción de listas de productos y servicios, las búsquedas previas y la coordinación entre las solicitudes en Qatar y las carteras internacionales tenderán a tolerar menos la redacción difusa y la adaptación local de última hora. Quien siga tratando Qatar como un mercado donde primero se presenta y después se armoniza, probablemente asumirá fricción innecesaria.

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08 de abril de 2026

La Ley de Marcas No. 11 de 2023 de Zambia entró en plena operación a finales de diciembre de 2025 tras la emisión del Instrumento Estatutario No. 86 de 2025, dejando atrás el régimen de 1958 que había marcado durante décadas la práctica de registro y observancia. Para los titulares de marca, la noticia importante no es solo que haya una ley nueva en vigor, sino que el sistema marcario zambiano empieza a hablar un lenguaje mucho más reconocible para la práctica internacional actual.

Marcas de servicios, marcas notorias, indicaciones geográficas, disposiciones vinculadas al Sistema de Madrid, notificación electrónica, solicitudes multiclase y división pasan a convivir dentro de una misma arquitectura legal. Los solicitantes no residentes siguen necesitando un agente de marcas domiciliado en Zambia, de modo que no se trata de un mercado sin fricción de la noche a la mañana. Sí es, en cambio, un mercado con menos sorpresas estructurales y con señales procedimentales más claras que antes.

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08 de abril de 2026

Desde el 1 de octubre de 2025, Corea del Sur elevó la antigua Oficina Coreana de Propiedad Intelectual (KIPO) al Ministerio de Propiedad Intelectual (MOIP), dando a la propiedad intelectual un lugar mucho más visible dentro de la arquitectura del Estado. La noticia no se agota en el cambio de siglas. Lo relevante es que Corea está dejando de tratar la PI solo como una función administrativa de registro y la está colocando en el centro de su estrategia industrial, de innovación y de respuesta a disputas.

Conviene, sin embargo, no exagerar el alcance de la reforma. Según la FAQ pública del propio MOIP, los asuntos de derecho de autor siguen bajo el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo, y el MOIP no gestiona cuestiones de copyright. La lectura más precisa es otra: Corea ha elevado el peso institucional de la política de propiedad industrial y de la coordinación interministerial en materia de PI, pero no ha concentrado todas las funciones relacionadas con la propiedad intelectual en un solo ministerio.

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08 de abril de 2026

Desde el 1 de abril de 2024, la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) cuenta con un nuevo puesto denominado “AI Advisors”, concebido para que expertos externos ofrezcan formación técnica y respuesta a consultas de los examinadores de patentes en materias relacionadas con la inteligencia artificial. La medida no apareció de la nada. La JPO ya había lanzado en 2021 su equipo de apoyo al examen de invenciones relacionadas con IA, y en octubre de 2023 amplió de 13 a 39 el número de expertos internos en esta materia, con presencia prácticamente en todas las oficinas de examen.

Lo relevante no es solo el anuncio del cargo. Con la irrupción de la IA generativa, la I+D basada en datos y campos como la informática de materiales, la calidad del examen depende cada vez más de que el examinador entienda con rapidez qué problema técnico hay detrás, cómo se construye la solución y dónde están de verdad sus límites. Al conectar de forma institucional recursos académicos externos con el sistema de examen, la JPO está enviando una señal bastante clara: en las tecnologías de frontera ya no basta con tramitar rápido; también hay que comprender mejor.

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05 de abril de 2026

Las directrices vigentes de la EUIPO sobre marcas han detallado mucho más el tratamiento de los bienes virtuales, los NFT y los escenarios vinculados al metaverso. Según las páginas públicas de orientación de la Oficina, la versión actualmente en vigor fue adoptada por el Director Ejecutivo el 30 de abril de 2025 y entró en vigor el 1 de mayo de 2025. Para los solicitantes, lo importante no es solo la fecha. Lo decisivo es que el examen ha pasado de preguntarse si estas solicitudes son admisibles en abstracto a exigir que estén redactadas con mucha más precisión.

No se trata de un simple ajuste cosmético para seguir una moda terminológica. Es una revisión que estrecha de verdad los límites de la solicitud. En la práctica, “bienes virtuales” por sí solo ya no suele bastar, y “NFT” tampoco puede introducirse en la lista como si fuera una categoría autónoma de producto. Lo que la EUIPO quiere ver ahora es algo bastante más concreto: qué objeto digital se pretende proteger, con qué bien del mundo real guarda relación y si su uso en entornos del metaverso puede generar un riesgo más específico de confusión de origen con bienes reales, bienes virtuales o servicios relacionados.

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05 de abril de 2026

La conversación británica sobre el acaparamiento de mala fe y las “marcas zombi” no debería leerse como un simple titular de enforcement. Los materiales públicos verificables apuntan a un endurecimiento más amplio. Tras SkyKick, UKIPO indicó a sus examinadores que debían fijarse de forma activa en especificaciones manifiesta y evidentemente excesivas, y desde el 1 de abril de 2026 también se han actualizado los formularios y las tasas de revocación e invalidez. El mensaje práctico es bastante claro: el sistema británico tolera cada vez menos las solicitudes concebidas para ocupar espacio primero y justificar el uso real después.

Al otro lado del Atlántico, la historia del PTAB también exige una formulación cuidadosa. La señal actual no es que ya haya entrado en vigor una nueva regla final sobre serial petitions. Lo más sólido es otra cosa: desde marzo de 2025, el proceso discrecional del Director ha empujado las serial petitions, las parallel petitions y cuestiones afines a un filtro específico situado en la fase de institución, y la guía posterior sobre prior findings ha hecho todavía menos normal tratar como rutinario un nuevo ataque contra la misma patente. Herramientas distintas, misma intuición: el procedimiento se está reorientando hacia controversias genuinas, no hacia almacenamiento procesal o desgaste repetido.

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03 de abril de 2026

En la lista de revisiones de las Directrices de Examen 2026, la EPO identifica expresamente la “Abolition of PACE for search” como una de las principales modificaciones de la Parte E, dedicada a cuestiones procedimentales. No se trata de un simple ajuste de redacción. Refleja una reordenación de la lógica de aceleración en la práctica europea de patentes: para las solicitudes europeas más recientes, la EPO lleva años apoyándose en el objetivo de emitir el informe de búsqueda ampliado o parcial en seis meses, en lugar de depender de solicitudes PACE rutinarias para la fase de búsqueda; además, a finales de 2025 confirmó mediante una notificación formal que, desde el 1 de febrero de 2026, el mecanismo PACE queda, en principio, limitado a la fase de examen.

Para despachos, equipos internos de PI y solicitantes que necesitan tiempos de patente compatibles con rondas de financiación, operaciones de M&A, licencias o planificación transfronteriza, la cuestión central ya no es si conviene presentar una solicitud PACE para búsqueda por inercia. La cuestión relevante es identificar qué expedientes ya no requieren esa lógica antigua de aceleración de búsqueda y cuáles sí siguen exigiendo una secuenciación cuidadosa mediante la entrada Euro-PCT, la compresión de determinados hitos procesales, el examen acelerado o la coordinación con otros territorios. En la práctica, la aceleración deja de ser un formulario aislado y pasa a ser una disciplina de segmentación y calendarización.

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