En la lista de revisiones de las Directrices de Examen 2026, la EPO identifica expresamente la “Abolition of PACE for search” como una de las principales modificaciones de la Parte E, dedicada a cuestiones procedimentales. No se trata de un simple ajuste de redacción. Refleja una reordenación de la lógica de aceleración en la práctica europea de patentes: para las solicitudes europeas más recientes, la EPO lleva años apoyándose en el objetivo de emitir el informe de búsqueda ampliado o parcial en seis meses, en lugar de depender de solicitudes PACE rutinarias para la fase de búsqueda; además, a finales de 2025 confirmó mediante una notificación formal que, desde el 1 de febrero de 2026, el mecanismo PACE queda, en principio, limitado a la fase de examen.
Para despachos, equipos internos de PI y solicitantes que necesitan tiempos de patente compatibles con rondas de financiación, operaciones de M&A, licencias o planificación transfronteriza, la cuestión central ya no es si conviene presentar una solicitud PACE para búsqueda por inercia. La cuestión relevante es identificar qué expedientes ya no requieren esa lógica antigua de aceleración de búsqueda y cuáles sí siguen exigiendo una secuenciación cuidadosa mediante la entrada Euro-PCT, la compresión de determinados hitos procesales, el examen acelerado o la coordinación con otros territorios. En la práctica, la aceleración deja de ser un formulario aislado y pasa a ser una disciplina de segmentación y calendarización.
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