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Actualidad de PI

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Entran en vigor las normas chinas sobre esquemas de trazado mientras cambian los pagos de Madrid y la OEP

JCIP Weekly Brief | Boletín PI

Edición: JCIPWB2610#2

Esta edición se centra en las normas de aplicación del régimen chino de esquemas de trazado de circuitos integrados, el examen acelerado y el calendario de tramitación electrónica de la OEP, el cambio de canales de presentación de Madrid y de pago a la OMPI, la prueba exigida para registrar obras asistidas por IA y la nueva cooperación entre oficinas de PI y plataformas en línea contra las falsificaciones.


Últimas publicaciones

07 de junio de 2026

En la práctica europea de patentes está creciendo un debate que ya no parece teórico: qué ocurre cuando la IA generativa empieza a producir en masa divulgaciones técnicas que luego se citan contra solicitudes nuevas. Lo que sí puede verificarse públicamente no es una nueva norma de la OEP publicada expresamente para la llamada “prior art sintética”, sino la vigencia de una regla ya conocida en las Directrices 2026 de la OEP: un documento del estado de la técnica debe proporcionar al experto en la materia información suficiente para llevar a cabo la enseñanza técnica pertinente. Un texto bien redactado, por sí solo, no basta.

Esa idea pesa más cuando los sistemas generativos pueden lanzar a escala industrial combinaciones, formulaciones y propuestas moleculares que parecen plausibles a primera vista. En química, materiales y ciencias de la vida, una divulgación generada por máquina puede crear presión real durante el examen. Pero si el documento citado no ofrece una vía reproducible, condiciones clave, datos creíbles o una base experimental seria, el solicitante todavía puede desplazar la discusión desde la mera superposición textual hacia una pregunta más incómoda: ¿ese documento realmente habilita lo que aparenta divulgar?

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07 de junio de 2026

El 1 de julio de 2026 la EUIPO entrará en la segunda fase de la reforma europea de diseños. Para los solicitantes, el cambio más visible es que un diseño podrá presentarse mediante un único archivo de objeto 3D o un único objeto animado, en lugar de quedar forzado a un pequeño conjunto de vistas estáticas. Para equipos que trabajan con superficies complejas, interfaces digitales, componentes o acabados texturizados, no es un detalle menor. Cambia la forma en que la intención del diseño llega al expediente.

Lo que todavía no conviene hacer es convertir esa novedad en la conclusión de que la EUIPO y el Sistema de La Haya ya operan con una transmisión 3D plenamente fluida. Los materiales públicos disponibles apuntan a un escenario más matizado. La Norma ST.92 de la OMPI ya cubre el intercambio electrónico de documentos de prioridad de diseños industriales y permite incluir archivos 3D en el paquete; aun así, la propia EUIPO ha indicado públicamente que, si el solicitante prevé utilizar esa solicitud como base de una reivindicación de prioridad, todavía puede valorar presentar representaciones estáticas después del 1 de julio de 2026. Además, el Sistema de La Haya no exige una “solicitud de base” al estilo de Madrid. En la práctica, el foco está en la gestión del documento de prioridad, la consistencia de la representación y la legibilidad del material cuando pasa por distintas oficinas y plataformas.

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07 de junio de 2026

Bajo la DSA, los trusted flaggers ya ocupaban una posición de prioridad cuando notifican contenidos ilícitos. Lo que empieza a cambiar ahora es la capa operativa. Con la apertura de pruebas en sandbox para un toolkit API de notificación de infracciones de copyright, impulsadas con apoyo del Observatorio de la EUIPO y de la Comisión Europea, algunos titulares de derechos de gran escala y sus agentes empiezan a salir del laberinto de formularios de cada plataforma para entrar en una vía estructurada de envío directo hacia los sistemas internos de gobernanza.

A primera vista parece una mejora técnica. En realidad, está cambiando el punto de entrada de la observancia del copyright en plataformas. Quien pueda enviar más rápido, con datos más limpios y de forma sostenida, ganará una ventaja práctica que los viejos formularios no podían ofrecer. Para grupos audiovisuales, ligas, editoriales y equipos antipiratería acostumbrados a perseguir espejos, reuploads y redes de distribución paralela, esto se parece bastante a una herramienta de observancia a nivel de sistema. Para las plataformas, al mismo tiempo, significa que la exigencia de precisión, trazabilidad y vías de impugnación se vuelve mucho menos fácil de posponer.

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07 de junio de 2026

La lectura útil de la revisión de mitad de 2026 del Japan Patent Office (JPO) sobre invenciones relacionadas con IA no está en repetir que ahora se menciona de forma más explícita a los MLLM y a la IA generativa multimodal. El cambio práctico va más al fondo. Para los solicitantes, la revisión altera cómo debe redactarse la memoria, dónde conviene situar la contribución técnica y qué tipo de objeciones sobre actividad inventiva y suficiencia descriptiva pueden ganar peso en el examen.

La dirección tampoco llega de la nada. El JPO ya había añadido 10 nuevos casos de examen relacionados con IA en 2024, y su informe de marzo de 2026 sobre tendencias de invenciones relacionadas con IA amplió el foco hacia la IA generativa, la IA multimodal y la ingeniería de prompts. Leído en conjunto, el mensaje es bastante claro: en Japón pesa menos afirmar que un sistema usa un gran modelo y pesa más explicar qué problema técnico concreto resuelve de verdad la arquitectura multimodal o transmodal.

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07 de junio de 2026

La Oficina de Marcas de la CNIPA anunció la segunda fase de la plataforma integral de servicios de prueba electrónica para la revisión marcaria y abrió un canal de conexión directa con blockchain para la prueba digital de los expedientes. Parece una mejora técnica más, pero toca una parte especialmente sensible del trabajo contencioso: cómo entra la prueba al expediente, cómo se verifica su integridad y cómo se ordena cuando ambas partes deben responderse.

Leída junto con la electrónica total de los trámites marcarios en China, la medida tiene más calado del que sugiere la interfaz. A partir del 1 de julio de 2026, los asuntos tramitados por agentes deberán presentarse en principio por el sistema en línea, y la guía reciente sobre prueba electrónica ya fija exigencias más precisas sobre PDF, catálogos, capacidad y canal reservado para secretos comerciales. La segunda fase apunta, por tanto, a un cambio de método: no bastará con subir archivos; habrá que administrar la prueba con lógica de sistema.

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07 de junio de 2026

IPONZ y el Ministerio de Negocios de Nueva Zelanda han colocado la infracción marcaria y la gobernanza de plataformas digitales dentro del mismo marco práctico, y eso cambia algo más que el lenguaje del documento. El movimiento relevante es que la verificación del derecho se adelanta dentro de la cadena de actuación. El nuevo mecanismo de protección rápida para plataformas de comercio electrónico locales y transfronterizas busca que la plataforma identifique antes la base del derecho, reduzca el tiempo de vacilación tras una denuncia y lleve enlaces, tiendas o lotes claramente riesgosos a una vía de revisión más estricta.

El efecto alcanza a titulares, plataformas y vendedores. Durante mucho tiempo, muchos conflictos se atascaban en el mismo punto: la plataforma intuía el problema, pero no tenía suficiente seguridad para actuar con rapidez. Cuando la guía oficial ordena mejor los materiales de derecho, las obligaciones de trazabilidad y el tratamiento de infractores reincidentes, el centro de gravedad se desplaza. La clave ya no está solo en perseguir después, sino en preparar mejor el paquete probatorio, la verificación del derecho y el reloj de respuesta frente a la plataforma.

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01 de junio de 2026

La USPTO ha remitido a la Oficina de Gestión y Presupuesto de la Casa Blanca (OMB) su solicitud de recopilación de información relativa a la Native American Tribal Insignia Database, al tiempo que mantiene abierto el espacio para comentarios del público. Según el aviso oficial, esta base recoge las insignias oficiales presentadas correctamente por tribus nativas americanas reconocidas a nivel federal o estatal y funciona como referencia dentro del examen marcario, en particular cuando la Oficina valora si un signo puede sugerir falsamente una conexión en el sentido de la Section 2(a) de la Trademark Act. La nueva tramitación se presenta como una prórroga y revisión de una recopilación ya existente, de modo que el foco sigue estando en la gestión del sistema, la forma de presentación y la evaluación de la carga administrativa.

A primera vista parece una actualización menor, casi de back office, pero conviene no restarle importancia. La inclusión en esta base no equivale a un registro de marca ni crea por sí sola derechos exclusivos para la tribu. Su utilidad práctica está en otra parte: mantener visibles dentro del examen signos culturalmente sensibles que, de otro modo, podrían detectarse demasiado tarde. Para titulares de marca y asesores, la advertencia es bastante concreta. Si un signo se apoya en nombres tribales, símbolos o asociaciones culturales relacionadas, hace falta revisar el riesgo de falsa conexión por separado y no confiar solo en una búsqueda ordinaria de similitud.