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Entran en vigor las normas chinas sobre esquemas de trazado mientras cambian los pagos de Madrid y la OEP

JCIP Weekly Brief | Boletín PI

Edición: JCIPWB2610#2

Esta edición se centra en las normas de aplicación del régimen chino de esquemas de trazado de circuitos integrados, el examen acelerado y el calendario de tramitación electrónica de la OEP, el cambio de canales de presentación de Madrid y de pago a la OMPI, la prueba exigida para registrar obras asistidas por IA y la nueva cooperación entre oficinas de PI y plataformas en línea contra las falsificaciones.


Últimas publicaciones

07 de junio de 2026

Las señales públicas más recientes de Canadá sobre IA generativa y derecho de autor ya no se limitan al etiquetado de contenidos sintéticos. El movimiento de fondo es más amplio: las plataformas están siendo empujadas desde una lógica centrada en retirar contenido tras una notificación hacia otra basada en autorización previa, transparencia y una gestión más defendible de la remuneración. Entre el informe de resultados de la consulta de 2025 y el informe del comité parlamentario de 2026, la idea que se repite es clara: el consentimiento, el crédito y la compensación de los creadores no pueden evaporarse solo porque la IA produzca y distribuya más rápido.

La presión se nota especialmente en las plataformas de vídeo corto y redes sociales llenas de covers con IA, clonación de voz y remixes visuales. Los textos públicos todavía no establecen en Canadá un “Royalty Sandbox” formal con rango normativo, pero la dirección política ya apunta con bastante claridad. Si las plataformas siguen monetizando derivados sintéticos masivos y se refugian solo en una lógica de retirada posterior, aumentará la expectativa de que verifiquen derechos, conserven registros auditables y retengan parte de los ingresos cuando la titularidad o la licencia sigan abiertas.

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07 de junio de 2026

La SIC de Colombia emitió esta semana una guía práctica para la tramitación nacional de los registros internacionales de diseños industriales que designan a Colombia. El cambio decisivo no es solo documental. La autoridad ha incorporado de forma expresa el mecanismo de publicación aplazada del Sistema de La Haya, de modo que el solicitante puede pedir hasta 30 meses antes de que el diseño se haga público. Para las empresas que preparan un despliegue comercial en América Latina, esto abre una ventana poco habitual: asegurar primero la posición de solicitud sin mostrar todavía el diseño al mercado.

Ese detalle altera una tensión muy conocida en la gestión de diseños. Presentar temprano ayuda a fijar fecha y a proteger novedad, pero también puede adelantar la exposición visual cuando la red de distribución, los materiales comerciales y el calendario de salida aún no están listos. Presentar tarde reduce esa exposición, pero aumenta otros riesgos. La nueva práctica colombiana empieza a separar esos dos momentos. Primero se asegura el camino registral; la publicación puede acompasarse después con la lógica real del lanzamiento.

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07 de junio de 2026

La nueva Notice 27 of 2026 de la CIPC convierte lo que muchas empresas trataban como una simple tarea administrativa en un requisito de admisión mucho más rígido. El mensaje es claro: los documentos escaneados deben presentarse en blanco y negro y ser legibles; una solicitud no puede dividirse en varios correos electrónicos; los archivos que superen 10 MB serán rechazados; solo se aceptan formatos estándar PDF y TIFF; y la CIPC no descargará solicitudes ni partes de solicitudes desde otros sitios, como Google.

El cambio importa más de lo que parece. No se trata solo de mejorar la calidad del escaneo. El riesgo se adelanta al momento mismo de la presentación. Para equipos societarios, despachos externos y grupos multinacionales que coordinan documentación desde unidades regionales o carpetas compartidas, un error básico de archivo puede traducirse ahora en rechazo inmediato, doble facturación por envíos repetidos y pérdida de tiempo antes de que el expediente llegue a cualquier revisión de fondo.

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07 de junio de 2026

A comienzos de junio, el Director General de la OMPI, Daren Tang, participó en Abuya en la ceremonia de inauguración de la Oficina de la OMPI en Nigeria, al mismo tiempo que el gobierno nigeriano colocaba su Política y Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual (NIPPS) en una fase mucho más operativa. Leídas por separado, son dos noticias reconocibles: una oficina y una política. Leídas juntas, apuntan a algo más profundo. Nigeria está intentando sacar la propiedad intelectual del estrecho marco de registro y defensa, para llevarla al terreno de las exportaciones creativas, la transferencia tecnológica y la inversión transfronteriza.

Hay un detalle que conviene tratar con cuidado. La propia página de la OMPI sobre Nigeria indica que la oficina fue establecida en Abuya en enero de 2020, mientras que las declaraciones oficiales nigerianas alrededor de esta semana la presentaron como la primera en África subsahariana y una de solo siete en el mundo. La formulación no es idéntica, pero la señal de fondo sí resulta clara: Abuya está siendo elevada como nodo regional de PI, y la NIPPS es la capa de política pública llamada a convertir esa elevación en valor económico real.

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07 de junio de 2026

Los días 4 y 5 de junio, la OAPI reunió en Abiyán la segunda Conferencia de Responsables de Oficinas Nacionales de Propiedad Intelectual (HIPOC), con la presencia del Director General de la OMPI, Daren Tang. El tema oficial —propiedad intelectual y emprendimiento juvenil, y cómo construir un ecosistema innovador e inclusivo— parece amplio, pero apunta a un problema muy concreto: ya no basta con decir que la PI es importante si las oficinas siguen funcionando con un ritmo administrativo muy inferior al de las startups que diseñan, prueban, lanzan y corrigen modelos de negocio a gran velocidad.

La OAPI no parte de cero. Bajo el Acuerdo de Bangui, sus 17 Estados miembros comparten un sistema regional centralizado de propiedad industrial, algo que muchos mercados no tienen. Pero para una empresa joven, la pregunta útil no es solo si el derecho existe, sino si el sistema llega a tiempo, si la información circula y si la protección puede convertirse en licencia, financiación o reacción transfronteriza antes de que el mercado ya haya cambiado. Si HIPOC en Abiyán termina solo en sensibilización, el cuello de botella seguirá exactamente en el mismo sitio.

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07 de junio de 2026

El 17 de febrero de 2026, la Court of Appeal de la UPC en bioMérieux v Labrador Diagnostics rechazó suspender un recurso de revocación por la existencia paralela de una oposición ante la OEP, y también rechazó ampliar el plazo para el escrito de motivos mientras se esperaba la vista oral en Múnich. La señal es bastante clara: que una misma patente europea esté siendo discutida al mismo tiempo ante la UPC y ante la OEP no activa por sí solo una lógica de “esperemos primero a la OEP”. La suspensión sigue siendo una facultad discrecional, y el tribunal está mirando el equilibrio concreto de intereses, no el simple hecho de la coexistencia procesal.

El alcance de esta orden va más allá del propio recurso de revocación. Para quien esté preparando una acción por infracción, una defensa de validez o incluso una solicitud de medidas provisionales durante el periodo de solapamiento, el calendario procesal está cambiando. La UPC no muestra demasiada disposición a ceder su ritmo a la OEP, y la propia OEP ha convertido en algo mucho más operativo su práctica de aceleración cuando existen litigios paralelos. El sistema de doble vía sigue existiendo, pero el margen para esperar sin tomar posición se ha reducido.

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07 de junio de 2026

La guía de revocación por falta de uso actualizada por UKIPO en abril de 2026, leída junto con una serie creciente de decisiones del Tribunal, está elevando la exigencia para los titulares que intentan defender un registro con pruebas ligeras. En el plano formal, la entrada más reciente de la lista pública de Tribunal Practice Notices relacionada con marcas sigue siendo la TPN 1/2024, publicada en julio de 2024. En la práctica, sin embargo, la línea sobre uso genuino se ha vuelto bastante más estricta. Las capturas de plataforma, los registros dispersos de ventas y las trazas de transacción que no aterrizan con claridad en consumidores del Reino Unido resultan cada vez menos convincentes cuando se presentan por sí solas.

Esto afecta especialmente al comercio electrónico transfronterizo. Muchos titulares se habían acostumbrado a apoyarse en páginas de Amazon, paneles de marketplace, listados en tiendas de aplicaciones o instantáneas del sitio web para sostener que la marca estaba “en el mercado”. Ahora la cuestión difícil no es si la marca apareció en línea, sino si la prueba construye una historia comercial creíble: quién compró, dónde estaba, qué se vendió, durante cuánto tiempo se mantuvo la actividad, si realmente se estaba apuntando al mercado británico y si el volumen y la frecuencia de las ventas tienen sentido comercial. Cuando esa cadena se rompe, el material empieza a parecerse menos a uso genuino y más a una fabricación simbólica de huellas.

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