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KIPO presenta las mascotas oficiales “Miri” e “IPI”: la comunicación sobre PI en Corea del Sur entra en una fase más visible
El 9 de abril de 2026, la autoridad de propiedad intelectual de Corea del Sur—todavía conocida internacionalmente como KIPO, aunque su sitio oficial publica ahora bajo la marca del Ministry of Intellectual Property (MOIP)—anunció el inicio oficial de las actividades públicas de sus mascotas “Miri” e “IPI”. Según la nota oficial, Miri adopta una figura asociada a un escudo y transmite la idea de prevenir y proteger la propiedad intelectual con antelación, mientras que IPI se inspira en una bombilla para representar la transformación de las ideas de hoy en activos de mañana. Ambas figuras completaron el registro de marca y de marca de servicio en marzo de 2026 y se utilizarán en redes sociales y acciones de comunicación institucional.
A primera vista, parece una noticia ligera de imagen institucional. En realidad, apunta a algo más profundo. Cuando una autoridad de PI quiere salir del círculo de examinadores, abogados y titulares de derechos, no basta con normas, formularios y lemas. Hace falta una interfaz pública reconocible, algo que pueda aparecer una y otra vez en educación, campañas, redes sociales y actividades de divulgación. El lanzamiento de Miri e IPI sugiere que KIPO quiere hacer que la propiedad intelectual resulte más cercana antes de pedir al público que la entienda con mayor detalle.
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La adhesión de Qatar al Arreglo de Niza ya está en vigor: la presentación de marcas entra en una nueva etapa de disciplina de Clasificación de Niza
La OMPI ha notificado que Qatar depositó su instrumento de adhesión al Arreglo de Niza el 10 de noviembre de 2025 y que el tratado entró en vigor para Qatar el 10 de febrero de 2026. Para las marcas y los equipos de presentación, no se trata solo de una novedad de estatus internacional. Significa que la lógica de clasificación que rodea las solicitudes y los registros marcarios en Qatar queda situada de forma más clara dentro del marco internacional de la Clasificación de Niza.
La consecuencia práctica no se limita a que los documentos oficiales indiquen números de clase. El cambio más importante es otro: la redacción de listas de productos y servicios, las búsquedas previas y la coordinación entre las solicitudes en Qatar y las carteras internacionales tenderán a tolerar menos la redacción difusa y la adaptación local de última hora. Quien siga tratando Qatar como un mercado donde primero se presenta y después se armoniza, probablemente asumirá fricción innecesaria.
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Entra en vigor la nueva Ley de Marcas de Zambia: por qué las marcas extranjeras deben replantear su estrategia
La Ley de Marcas No. 11 de 2023 de Zambia entró en plena operación a finales de diciembre de 2025 tras la emisión del Instrumento Estatutario No. 86 de 2025, dejando atrás el régimen de 1958 que había marcado durante décadas la práctica de registro y observancia. Para los titulares de marca, la noticia importante no es solo que haya una ley nueva en vigor, sino que el sistema marcario zambiano empieza a hablar un lenguaje mucho más reconocible para la práctica internacional actual.
Marcas de servicios, marcas notorias, indicaciones geográficas, disposiciones vinculadas al Sistema de Madrid, notificación electrónica, solicitudes multiclase y división pasan a convivir dentro de una misma arquitectura legal. Los solicitantes no residentes siguen necesitando un agente de marcas domiciliado en Zambia, de modo que no se trata de un mercado sin fricción de la noche a la mañana. Sí es, en cambio, un mercado con menos sorpresas estructurales y con señales procedimentales más claras que antes.
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Corea del Sur eleva KIPO al Ministerio de Propiedad Intelectual: más que un cambio de nombre, un giro en la gobernanza nacional de la PI
Desde el 1 de octubre de 2025, Corea del Sur elevó la antigua Oficina Coreana de Propiedad Intelectual (KIPO) al Ministerio de Propiedad Intelectual (MOIP), dando a la propiedad intelectual un lugar mucho más visible dentro de la arquitectura del Estado. La noticia no se agota en el cambio de siglas. Lo relevante es que Corea está dejando de tratar la PI solo como una función administrativa de registro y la está colocando en el centro de su estrategia industrial, de innovación y de respuesta a disputas.
Conviene, sin embargo, no exagerar el alcance de la reforma. Según la FAQ pública del propio MOIP, los asuntos de derecho de autor siguen bajo el Ministerio de Cultura, Deportes y Turismo, y el MOIP no gestiona cuestiones de copyright. La lectura más precisa es otra: Corea ha elevado el peso institucional de la política de propiedad industrial y de la coordinación interministerial en materia de PI, pero no ha concentrado todas las funciones relacionadas con la propiedad intelectual en un solo ministerio.
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La JPO crea los “AI Advisors”: refuerzo externo para el examen de patentes en tecnologías de frontera
Desde el 1 de abril de 2024, la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) cuenta con un nuevo puesto denominado “AI Advisors”, concebido para que expertos externos ofrezcan formación técnica y respuesta a consultas de los examinadores de patentes en materias relacionadas con la inteligencia artificial. La medida no apareció de la nada. La JPO ya había lanzado en 2021 su equipo de apoyo al examen de invenciones relacionadas con IA, y en octubre de 2023 amplió de 13 a 39 el número de expertos internos en esta materia, con presencia prácticamente en todas las oficinas de examen.
Lo relevante no es solo el anuncio del cargo. Con la irrupción de la IA generativa, la I+D basada en datos y campos como la informática de materiales, la calidad del examen depende cada vez más de que el examinador entienda con rapidez qué problema técnico hay detrás, cómo se construye la solución y dónde están de verdad sus límites. Al conectar de forma institucional recursos académicos externos con el sistema de examen, la JPO está enviando una señal bastante clara: en las tecnologías de frontera ya no basta con tramitar rápido; también hay que comprender mejor.
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Las directrices vigentes de la EUIPO endurecen la práctica marcaria sobre bienes virtuales, NFT y metaverso: “bienes virtuales” ya no basta
Las directrices vigentes de la EUIPO sobre marcas han detallado mucho más el tratamiento de los bienes virtuales, los NFT y los escenarios vinculados al metaverso. Según las páginas públicas de orientación de la Oficina, la versión actualmente en vigor fue adoptada por el Director Ejecutivo el 30 de abril de 2025 y entró en vigor el 1 de mayo de 2025. Para los solicitantes, lo importante no es solo la fecha. Lo decisivo es que el examen ha pasado de preguntarse si estas solicitudes son admisibles en abstracto a exigir que estén redactadas con mucha más precisión.
No se trata de un simple ajuste cosmético para seguir una moda terminológica. Es una revisión que estrecha de verdad los límites de la solicitud. En la práctica, “bienes virtuales” por sí solo ya no suele bastar, y “NFT” tampoco puede introducirse en la lista como si fuera una categoría autónoma de producto. Lo que la EUIPO quiere ver ahora es algo bastante más concreto: qué objeto digital se pretende proteger, con qué bien del mundo real guarda relación y si su uso en entornos del metaverso puede generar un riesgo más específico de confusión de origen con bienes reales, bienes virtuales o servicios relacionados.
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UKIPO estrecha el espacio para las “marcas zombi” y el acaparamiento de mala fe, mientras el PTAB reduce las serial petitions
La conversación británica sobre el acaparamiento de mala fe y las “marcas zombi” no debería leerse como un simple titular de enforcement. Los materiales públicos verificables apuntan a un endurecimiento más amplio. Tras SkyKick, UKIPO indicó a sus examinadores que debían fijarse de forma activa en especificaciones manifiesta y evidentemente excesivas, y desde el 1 de abril de 2026 también se han actualizado los formularios y las tasas de revocación e invalidez. El mensaje práctico es bastante claro: el sistema británico tolera cada vez menos las solicitudes concebidas para ocupar espacio primero y justificar el uso real después.
Al otro lado del Atlántico, la historia del PTAB también exige una formulación cuidadosa. La señal actual no es que ya haya entrado en vigor una nueva regla final sobre serial petitions. Lo más sólido es otra cosa: desde marzo de 2025, el proceso discrecional del Director ha empujado las serial petitions, las parallel petitions y cuestiones afines a un filtro específico situado en la fase de institución, y la guía posterior sobre prior findings ha hecho todavía menos normal tratar como rutinario un nuevo ataque contra la misma patente. Herramientas distintas, misma intuición: el procedimiento se está reorientando hacia controversias genuinas, no hacia almacenamiento procesal o desgaste repetido.
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