DivX contra Netflix: orden del TUP en 18 Estados y revocación en la OEP

Una misma patente, dos resultados opuestos en un mes. La patente europea con efecto unitario EP4213033 de DivX (un sistema de distribución de vídeo con reproducción progresiva) logró el 15 de septiembre un requerimiento judicial (orden de cesación) contra Netflix en el Tribunal Unificado de Patentes (TUP, UPC por sus siglas en inglés) para 18 países; el 13 de octubre, tras la vista oral, la división de oposición de la Oficina Europea de Patentes (OEP) anunció su revocación.
TUP: reconvención desestimada y orden en 18 Estados
En su resolución del 15 de septiembre, la división local de Múnich del TUP (UPC_CFI_465/2025 y UPC_CFI_1121/2025) desestimó la reconvención de nulidad de Netflix y declaró a cinco sociedades de Netflix responsables de infracción indirecta de la reivindicación 1. No pueden usar, ni suministrar u ofrecer a terceros, software para aplicar el método en 18 Estados del TUP, entre ellos Bélgica, Alemania, Francia, Italia, Países Bajos, Austria y Suecia, y deben informar de sus actos desde la concesión el 7 de mayo de 2025. La resolución es ejecutable sin caución y cualquiera de las partes puede recurrir en dos meses desde la notificación.
OEP: revocación tras la vista oral
El Registro de la OEP muestra que Netflix International B.V. presentó oposición el 9 de febrero de 2026. La división de oposición celebró la vista oral el 12 y 13 de octubre, y la comunicación del resultado del 13 de octubre marca dos casillas: la patente se revoca según el artículo 101(2) del CPE porque al menos un motivo de oposición impide su mantenimiento, y según el artículo 101(3)(b) del CPE porque, aun con las modificaciones, no cumple los requisitos del Convenio; es decir, la patente no puede mantenerse ni en su versión concedida ni en la modificada.
Ningún resultado es firme
La comunicación de la OEP no es la resolución final. La resolución escrita motivada aún no se ha emitido y el Registro sigue indicando que la patente está concedida; una vez notificada, el titular podrá recurrir ante las Cámaras de Recursos y, según el artículo 106(1) del CPE, el recurso tiene efecto suspensivo. La resolución del TUP también es recurrible. La revocación de la división de oposición no significa por sí sola que la orden del TUP haya quedado sin efecto.
J&C señala que, cuando una oposición ante la OEP y un litigio ante el TUP avanzan en paralelo, ambas vías pueden ir a ritmos distintos y llegar a resultados opuestos. El titular debería valorar el riesgo de oposición y sus enmiendas de reserva antes de demandar ante el TUP; el demandado puede usar la oposición junto a la reconvención de nulidad y debe vigilar la notificación de la resolución escrita, los plazos de recurso y las posibles solicitudes de suspensión o ejecución, sin deducir de un solo resultado si la orden sigue vigente.
Fuente: register.epo.org | register.epo.org | www.unifiedpatentcourt.org


