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La UPC eleva el umbral para suspender medidas cautelares por oposición ante la OEP

El 29 de agosto de 2026, el Tribunal de Apelación del Tribunal Unificado de Patentes (UPC) fijó un criterio más exigente para suspender procedimientos de medidas cautelares cuando existe en paralelo una oposición ante la Oficina Europea de Patentes (OEP). La mera existencia de esa oposición, incluso si avanza de forma acelerada, no basta por sí sola: el demandado debe presentar un caso de nulidad especialmente sólido que haga altamente probable la revocación de la patente ante la OEP.

La decisión reduce el margen para utilizar la oposición ante la OEP como herramienta de demora frente a una solicitud urgente de medidas cautelares ante la UPC. Para los titulares, mejora la previsibilidad del calendario judicial; para los demandados, aumenta la presión para presentar desde una fase temprana el estado de la técnica más fuerte y una argumentación de nulidad concreta, además de solicitar la aceleración de la oposición cuando proceda.

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La oposición paralela no activa por sí sola la suspensión

El punto procesal central es que la UPC conserva la gestión de sus propias medidas provisionales y concentra el análisis en la fuerza real de la impugnación de validez. La existencia de un procedimiento ante la OEP puede ser relevante, pero no desplaza automáticamente el interés de la UPC en resolver con rapidez una solicitud cautelar.

La aceleración ante la OEP gana peso estratégico

La OEP permite acelerar oposiciones cuando existe litigación relacionada ante la UPC. Tras esta decisión, la coordinación entre ambas vías adquiere más importancia: el demandado necesita construir un expediente convincente ante la UPC y, al mismo tiempo, intentar obtener cuanto antes una señal útil de la OEP sobre la validez.

La nulidad debe estar preparada desde el inicio

Una alegación genérica de que la patente podría ser revocada más adelante tendrá menos fuerza para justificar una suspensión. Resulta más eficaz identificar el estado de la técnica decisivo, vincularlo con precisión a las reivindicaciones y explicar por qué la revocación es realmente probable. El titular, por su parte, debería revisar esas mismas vulnerabilidades antes de solicitar medidas cautelares: la rapidez procesal no sustituye una posición sólida sobre validez.

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El contenido de esta sección se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico ni una recomendación formal de servicios. Para cualquier asunto concreto, le recomendamos considerar las circunstancias específicas de su caso y tomar como referencia la normativa, las políticas y la práctica más recientes de las autoridades competentes.