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Actualidad de PI

Ver actualidad y novedades prácticas de propiedad intelectual

Entran en vigor las normas chinas sobre esquemas de trazado mientras cambian los pagos de Madrid y la OEP

JCIP Weekly Brief | Boletín PI

Edición: JCIPWB2610#2

Esta edición se centra en las normas de aplicación del régimen chino de esquemas de trazado de circuitos integrados, el examen acelerado y el calendario de tramitación electrónica de la OEP, el cambio de canales de presentación de Madrid y de pago a la OMPI, la prueba exigida para registrar obras asistidas por IA y la nueva cooperación entre oficinas de PI y plataformas en línea contra las falsificaciones.


Últimas publicaciones

08 de mayo de 2026

El Ministerio de Comercio e Industria de Qatar ha puesto en marcha cinco nuevos servicios electrónicos de propiedad intelectual, centrados en el registro de derecho de autor y derechos conexos, la emisión de certificados, las modificaciones, las cesiones y la consulta de expedientes oficiales. Para titulares, creadores y agentes, el cambio puede reducir la fricción administrativa y dejar un rastro documental más ordenado, algo especialmente útil cuando una obra o un catálogo pasa por varias manos.

La medida llega poco después de la adaptación del sistema qatarí a la 13.ª edición de la Clasificación de Niza, con disponibilidad de las 45 clases para marcas y derechos relacionados. Leída en conjunto, la noticia muestra una administración de PI que quiere operar con más capacidad digital. Las empresas que preparen entrada en el Golfo deberían revisar ahora sus clases de marca, sus depósitos de obras y sus documentos de cesión; el procedimiento en línea no sustituye una buena preparación previa, solo hace más visible cuando esta falta.

08 de mayo de 2026

La actualización publicada por el Gobierno de Emiratos Árabes Unidos el 1 de mayo de 2026 sitúa la infracción digital en el centro de la observancia de la propiedad intelectual. Los envases tipo look-alike en redes sociales y plataformas de comercio electrónico, el uso no autorizado de imágenes de producto y las cuentas que imitan marcas pasan a tratarse como conductas sujetas a retiradas más rápidas y posibles sanciones administrativas, con apoyo de las autoridades de telecomunicaciones.

El otro foco está en la coordinación entre aduanas y policía. Dubai Customs y las autoridades policiales buscan cerrar mejor la cadena probatoria en importación, almacenamiento y distribución, y los infractores comerciales reincidentes pueden exponerse a multas progresivas. Para las empresas que venden o distribuyen en el Golfo, la conclusión es bastante directa: conviene documentar autorizaciones de imagen, controlar canales, vigilar plataformas y activar registros aduaneros antes de que el conflicto llegue al mercado.

08 de mayo de 2026

A comienzos de mayo, WIPO volvió a advertir a los usuarios del PCT y del Sistema de Madrid sobre correos fraudulentos que solicitan el pago de tasas no oficiales. Los mensajes imitan comunicaciones institucionales, emplean remitentes engañosos y afirman que el “estado de protección” del destinatario se encuentra afectado. En algunos casos se invocan los nombres de WIPO, la EPO, la EUIPO o determinadas oficinas de América, lo que puede llevar a pensar que el pago es necesario para conservar una solicitud, un registro internacional o una renovación.

El riesgo práctico está en la presión que generan estos mensajes cuando las empresas ya gestionan plazos, traducciones, renovaciones y pagos oficiales. Cualquier solicitud de pago que llegue por una vía inesperada debe contrastarse con el expediente oficial, los canales de pago verificados y las comunicaciones habituales de la oficina correspondiente. Para quienes administran carteras internacionales de propiedad intelectual, verificar antes de pagar no es una formalidad contable: es una medida básica de control de riesgos.

08 de mayo de 2026

La reforma mexicana a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ha colocado el marketing de emboscada en el centro de la agenda de cumplimiento para las campañas vinculadas al Mundial de 2026. El decreto publicado el 3 de abril incorpora en el artículo 386 de la LFPPI una infracción administrativa específica para los actos que hagan creer al público, de forma fundada, que existe una relación de patrocinio oficial entre un signo distintivo y un evento masivo público o privado.

Para las marcas no patrocinadoras, el riesgo ya no se limita al uso de logotipos oficiales. Copys en redes sociales, etiquetas promocionales, combinaciones visuales, activaciones comerciales, sorteos de entradas o colaboraciones con influencers pueden ser revisados si sugieren apoyo, alianza u oficialidad. La recomendación práctica es revisar la impresión global de la campaña antes de lanzarla: hablar de fútbol puede ser legítimo, pero presentar una cercanía comercial con el evento sin autorización puede resultar costoso.

08 de mayo de 2026

El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de Brasil (INPI) abrirá desde mayo de 2026 la segunda fase del programa de examen acelerado de marcas, con 3.000 plazas disponibles durante el año. Para empresas que necesitan una concesión rápida para operar en plataformas, acceder a fondos públicos, gestionar disputas o coordinar carteras internacionales, el plazo de solicitud puede ser tan importante como el fondo del expediente.

La novedad más relevante para grandes titulares de marca llega también con la regla sobre marcas de alto renombre vigente desde el 1 de mayo. El solicitante puede asociar en una sola petición números de registro correspondientes a varias clases, lo que reduce cargas formales y evita duplicar trámites cuando una marca protege líneas de producto distintas. La simplificación ayuda, pero no sustituye una buena gestión de cartera: los registros vinculados deben seguir vigentes y la prueba de reconocimiento en el mercado deberá estar preparada antes de iniciar la solicitud.

08 de mayo de 2026

Una decisión de la USPTO divulgada el 3 de mayo endurece la relación entre el inter partes review y el reexamen ex parte. El punto central está en el momento en que se activa el estoppel de 35 U.S.C. § 315(e)(1): la solicitud de reexamen no se entiende solo como una presentación realizada en una fecha concreta, sino como una petición pendiente hasta que la Oficina ordena el reexamen conforme a 35 U.S.C. § 304.

La lectura reduce el margen de una estrategia conocida: primero impugnar la patente mediante IPR y después usar el reexamen ex parte como una segunda vía si el expediente ante el PTAB empieza a ser desfavorable. Si la decisión final escrita del IPR ya se ha emitido y la Oficina aún no ha ordenado el reexamen, el solicitante puede quedar bloqueado cuando pretenda apoyarse en los mismos motivos, o en motivos que razonablemente pudo haber planteado en el IPR.

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08 de mayo de 2026

El memorando reciente de la USPTO sobre las declaraciones de elegibilidad de materia bajo la Regla 132 pone el foco en una cuestión que ya pesa mucho en la tramitación de patentes de inteligencia artificial, software y biotecnología: cuándo una invención realmente mejora la tecnología y cuándo solo usa un ordenador para producir un resultado deseado. No es una regla especial para la IA. Es una invitación a justificar la elegibilidad con hechos técnicos visibles en la propia solicitud.

Para los solicitantes, el mensaje práctico es claro. No basta con decir que un modelo clasifica, predice, genera contenido o ayuda a tomar decisiones. La memoria y, cuando sea necesario, una declaración de apoyo deben explicar cómo la invención hace que un sistema informático, un flujo de tratamiento de datos, un proceso de entrenamiento o una prueba diagnóstica funcione más rápido, con menor coste, con más estabilidad o con un uso más eficiente de recursos.

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