El 18 de junio de 2026, la UK Intellectual Property Office publicó dos resoluciones de diseños que conviene leer juntas: O/0497/26 y O/0464/26. La primera, una disputa de nulidad sobre cápsulas detergentes, muestra lo poco que puede ayudar apoyarse en el color o en un contorno exterior ligeramente distinto cuando el usuario informado sigue percibiendo la misma impresión general. La segunda, relativa a maceteros con forma de casa, va en sentido contrario: el hecho de que ambos productos remitan a la imagen de una casa no bastó para fundirlos en un mismo diseño. El tratamiento del porche, la presentación del tejado, el estilo de puertas y ventanas y las proporciones globales sí pesaron.
La señal más útil no es solo visual, sino probatoria. En O/0464/26, una de las partes sostuvo que sus diseños se habían divulgado antes en Facebook, pero esas fechas no quedaron realmente acreditadas por la prueba. Ello no alteró el resultado únicamente porque los diseños invocados eran, además, diseños registrados con fechas de publicación anteriores. Para empresas que operan en mercados digitales transfronterizos, ahí está la lección. Si se quiere apoyar una divulgación previa en publicaciones de redes sociales, listados de marketplaces o capturas de terceros, el UKIPO no parece dispuesto a completar por sí mismo los huecos probatorios. Una captura sin una cadena fiable de procedencia, fecha y accesibilidad pública es una base débil.
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