El Supremo de EAU da prioridad al uso previo frente a un registro posterior
El 11 de septiembre de 2026, profesionales regionales de propiedad intelectual volvieron a destacar una sentencia relevante del Tribunal Supremo Federal de los Emiratos Árabes Unidos, en un asunto llevado por Habib Al Mulla and Partners. El Tribunal sostuvo que un uso comercial previo, real y acreditado puede prevalecer frente a un registro posterior de la misma marca, incluso cuando el registro anterior del primer usuario hubiera caducado por falta de renovación. También confirmó la cancelación del registro en conflicto y rechazó objeciones procesales de la parte registrante posterior; el hecho de que la impugnación se hubiera planteado dentro del plazo legal de cinco años fue un elemento importante del caso.
La consecuencia práctica es clara: en EAU, un certificado de registro no necesariamente desplaza a quien pueda demostrar un uso comercial anterior de la marca. Las empresas deberían conservar facturas, registros de ventas, publicidad, documentos de distribución y otras pruebas de uso, sin descuidar por ello las solicitudes y renovaciones. La decisión refuerza la posición probatoria frente a registros oportunistas o de mala fe, pero no convierte el uso previo en un sustituto de una estrategia registral ordenada.



