Nota del editor (24 de septiembre de 2026): al cierre de esta edición no hemos localizado la publicación oficial de las medidas descritas; el artículo se basa en boletines del sector y queda sujeto a confirmación oficial.
El 2 de julio, la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (UKIPO) colocó una cuestión muy práctica en el centro de la estrategia de solicitud: cuando una representación visual procede de herramientas generativas de IA, ¿puede el solicitante demostrar todavía que una persona dio forma real al diseño final? Para quienes vienen presentando imágenes salidas de Midjourney, Stable Diffusion y herramientas similares, la pregunta deja de ser teórica. Pasa a afectar directamente la solidez de la solicitud.
La nueva guía no cierra la puerta al diseño asistido por IA. Lo que hace es fijar una línea más clara frente a expedientes que se parecen demasiado a “prompt, imagen, presentación inmediata”. Si las vistas del diseño proceden casi por completo de una herramienta de IA y el solicitante no puede acreditar una intervención humana sustancial, una selección razonada, revisiones materiales o un trabajo de acabado, aumentan los riesgos de objeciones sobre autoría, titularidad y credibilidad probatoria. El UKIPO no está persiguiendo el uso de la IA en sí mismo; está comprobando si detrás del diseño que llega al registro existe un control creativo humano que pueda identificarse y probarse.
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