7-Eleven desiste de su demanda de marca contra Nike por las rayas de las Air Max 95

Unas Nike Air Max 95 que en ningún sitio muestran las palabras “7-Eleven” ni rótulo alguno de tienda de conveniencia fueron objeto de una demanda antes de su lanzamiento este verano. Lo que 7-Eleven cuestionaba era la banda de rayas naranja, verde y roja que recorre el zapato, un patrón que afirma usar desde hace casi cuarenta años. El 19 de octubre de 2026 la cadena presentó un aviso de desistimiento voluntario con perjuicio —con renuncia definitiva: no podrá volver a demandar por los mismos hechos— y puso fin al litigio por iniciativa propia.
El caso se tramitó en el Tribunal Federal del Distrito Norte de Texas (División de Dallas, n.º 3:26-cv-02201). Al demandar el 1 de julio de 2026, 7-Eleven señaló que Nike había fijado el lanzamiento para el 7/11 —la fecha que promociona como “Día de 7-Eleven”— y sostuvo que las rayas eran una imitación confusamente similar de su “marca tricolor”, capaz de inducir a error sobre el origen, el patrocinio, el respaldo o la afiliación del calzado. Pidió una prohibición permanente, daños triplicados y la entrega de las ganancias de Nike. Sin embargo, nunca alegó que Nike hubiera copiado su nombre o su logo.
Su tesis era que un conjunto no funcional de rayas de color, lanzado en la fecha más ligada a la marca, bastaba por sí solo para sembrar la impresión de una colaboración oficial o una licencia autorizada. Según la demanda, 7-Eleven usa la marca “7-ELEVEN” desde 1946 y el patrón de rayas naranja-verde-rojo de forma continua y exclusiva desde 1987, y posee varios registros en EE. UU. que cubren esa combinación de colores, algunos ya incontestables.
Desistir de un caso con perjuicio significa que el demandante renuncia de forma permanente a su pretensión y por lo general no puede volver a demandar por los mismos hechos, pero es una decisión del propio demandante, no un fallo judicial sobre si Nike infringió o no. El aviso de desistimiento no menciona ningún acuerdo, y Reuters tampoco pudo confirmar si ambas partes habían llegado a uno.
J&C recomienda que, al planear una campaña entre marcas, una edición de color limitada o un diseño de “homenaje”, se mire más allá del nombre y el logo ajenos: una combinación distintiva y no funcional de colores o patrones —unida a señales como la fecha de lanzamiento o el marketing que la rodea— también puede sustentar una reclamación por confusión de origen o falsa asociación. Antes del lanzamiento, pasa la combinación de colores, la fecha de lanzamiento y los textos publicitarios por una evaluación de riesgo de marca, no solo una búsqueda de nombre y logo.
Fuente: storage.courtlistener.com | storage.courtlistener.com


