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Tokio reconoce que la voz está protegida por el derecho de publicidad en el caso de Kenjiro Tsuda contra un clon de IA, pero desestima la retirada

Un mazo de juez sobre su base junto a un micrófono de estudio antiguo, con ondas sonoras luminosas que pasan de líneas continuas a puntos digitales, símbolo de la imitación de una voz humana por IA y de una sentencia sobre los derechos de la voz

El 30 de septiembre de 2026 el Tribunal de Distrito de Tokio resolvió el caso del actor de doblaje Kenjiro Tsuda contra el operador de TikTok y reconoció que la voz de una persona puede estar protegida por el derecho de publicidad. El tribunal afirmó que la voz humana, como el retrato, es un símbolo de la personalidad individual, y que el uso no autorizado de la voz de un intérprete puede vulnerar ese derecho cuando la voz tiene un atractivo comercial que impulsa las ventas y el uso persigue exclusivamente aprovechar ese atractivo. Según la agencia Associated Press, es el primer reconocimiento de este tipo de derecho sobre la voz en Japón.

El caso surgió de una cuenta de TikTok llamada Nanami que utilizó una voz de IA parecida a la de Tsuda en más de 180 vídeos sobre leyendas urbanas y fenómenos paranormales; Tsuda alegó que la cuenta se lucraba atrayendo espectadores con su voz y pidió la retirada de los vídeos con base en la Ley de Prevención de la Competencia Desleal o en el derecho de publicidad. La parte demandada sostuvo que los vídeos usaban una voz generada por IA parecida a la suya, pero que no era la suya.

Hay que respetar los límites de la sentencia: el tribunal desestimó todas las pretensiones del demandante porque el autor de las publicaciones había eliminado la cuenta en mayo de 2026 y, al cerrarse la vista oral, no quedaban vídeos que retirar, y no se pronunció sobre si la voz de IA se parecía a la del demandante, si cada vídeo infringía derechos, si se vulneró la Ley de Prevención de la Competencia Desleal ni sobre el deber de retirada de la plataforma.

Lo que establece el caso es una regla general según la cual la voz está protegida por el derecho de publicidad, referida a la voz como signo de la personalidad y a su valor comercial; no debe presentarse como un reconocimiento de derechos de autor sobre la voz ni como una victoria del demandante.

Si generar con IA una voz parecida, sin editar las grabaciones originales, evita la necesidad de autorización no quedó resuelto directamente, pero la regla general ofrece una base para futuros litigios.

J&C recomienda a las empresas que producen locuciones para vídeos cortos, versiones con IA, portavoces digitales y contenidos de audio obtener autorización escrita antes de usar una voz de IA parecida a la de un actor de doblaje o una figura pública concretos, fijando en el contrato el alcance, las plataformas y la duración del uso; los titulares que detecten un posible clon de voz deben asegurar pruebas cuanto antes, como la cuenta, los vídeos, las reproducciones y los ingresos, porque en este caso la petición de retirada perdió su objeto al cerrarse la cuenta.

Fuente: www.wral.com | pax.law | www.bengo4.com

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El contenido de esta sección se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico ni una recomendación formal de servicios. Para cualquier asunto concreto, le recomendamos considerar las circunstancias específicas de su caso y tomar como referencia la normativa, las políticas y la práctica más recientes de las autoridades competentes.