Saltar al contenido principal

El Protocolo de Madrid rige desde hoy para Arabia Saudí: ya puede designarse en solicitudes y designaciones posteriores

Una etiqueta de marca en blanco cuelga de una hoja de palmera sobre dunas, con un abanico de sobres blancos en la arena y una línea de puntos hacia el horizonte, símbolo de la extensión de la protección de marcas a Arabia Saudí mediante el Sistema de Madrid

Desde hoy, 8 de octubre de 2026, el Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas está en vigor para Arabia Saudí. Los titulares de marcas de otros miembros de Madrid pueden ya designar a Arabia Saudí en nuevas solicitudes internacionales o extender a ella registros internacionales existentes mediante una designación posterior, y los solicitantes saudíes pueden usar una solicitud o registro nacional de base para buscar protección en otros miembros a través del Sistema de Madrid. Según la notificación de depósito de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Arabia Saudí depositó su instrumento de adhesión el 8 de julio de 2026 y el Protocolo entra en vigor para ella el 8 de octubre.

Arabia Saudí formuló dos declaraciones en su instrumento: amplía a 18 meses el plazo para notificar denegaciones, y las que puedan derivarse de una oposición pueden notificarse después de ese plazo; y percibe una tasa individual, cobrada por clase, en lugar de una parte de las tasas suplementarias y complementarias, cuyos importes ya publicó la OMPI en el Aviso Informativo n.º 37/2026.

Designar a Arabia Saudí a través de Madrid no supone una protección automática: la Autoridad Saudí de Propiedad Intelectual sigue examinando la designación conforme a su legislación nacional.

J&C recomienda a las empresas que ya prevén cubrir Arabia Saudí incluirla ahora en nuevas solicitudes de Madrid o registrar designaciones posteriores para sus registros internacionales; antes de designar conviene buscar marcas saudíes anteriores, ajustar la redacción de los productos y servicios a la práctica local y encargar a un representante local el seguimiento de posibles denegaciones u oposiciones dentro del plazo de 18 meses.

Fuente: www.wipo.int

Reciba las últimas novedades por correo electrónico

El contenido de esta sección se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico ni una recomendación formal de servicios. Para cualquier asunto concreto, le recomendamos considerar las circunstancias específicas de su caso y tomar como referencia la normativa, las políticas y la práctica más recientes de las autoridades competentes.