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Las estafas de registro marcario se sofistican en Reino Unido y la UE

En torno al 26 de junio de 2026, varias autoridades de propiedad intelectual volvieron a poner en primer plano una estafa conocida: mensajes que aseguran que un tercero está a punto de registrar la marca del destinatario en el Reino Unido o en la Unión Europea, salvo que se dé de inmediato una instrucción pagada de “protección”. IPOPHL advirtió de forma expresa sobre una entidad radicada en el Reino Unido que opera bajo el nombre “Crown Mark” y aclaró que no mantiene ninguna relación oficial con esa firma ni con sus supuestos vínculos con oficinas de PI de Filipinas, Reino Unido, Australia o la Unión Europea.

Lo que ha cambiado no es solo la persistencia del fraude, sino su guion. Ya no se limita a la factura falsa o al recordatorio genérico de renovación. Ahora mezcla lenguaje procedimental, nombres reales de abogados y una apariencia de coordinación institucional para dar la impresión de que existe una vía oficial de intervención urgente. Para muchas empresas, sobre todo las que no tienen un equipo interno de marcas, esa puesta en escena resulta lo bastante verosímil como para precipitar una mala decisión.

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La estafa se ha desplazado a una fase más temprana

Durante años, el formato típico fue la factura engañosa: publicaciones privadas, supuestos registros internacionales o servicios de vigilancia que nadie había solicitado. La variante actual juega antes. El remitente no espera a que exista un expediente conocido. Parte del nombre comercial o de la marca misma y afirma que alguien más quiere apropiársela cuanto antes. El mensaje no vende solo un trámite; vende la sensación de que el reloj ya está corriendo.

Ese desplazamiento es importante. Convierte un fraude administrativo en un episodio de pánico marcario. Además, el enfoque parece personalizado porque muchas veces lo está. Los registros empresariales, las bases de datos de marcas y la huella comercial en línea facilitan detectar nombres activos que quizá no estén protegidos en todos los territorios relevantes. Una vez encontrado ese punto débil, la urgencia hace el resto.

La falsa autoridad funciona porque reutiliza piezas reales del sistema

Las señales vistas en el Reino Unido muestran hasta qué punto estas comunicaciones pueden parecer creíbles. La SRA ya alertó sobre correos que usaban indebidamente la identidad de abogados reales, mencionaban al UK Intellectual Property Office y empleaban dominios, teléfonos y datos de contacto vinculados a Crown Mark para presionar a los destinatarios a presentar una solicitud inmediata. IPOPHL añadió después la capa transfronteriza al desmentir cualquier relación oficial con una supuesta red de oficinas colaboradoras. Ahí está el núcleo del engaño: un poco de lenguaje jurídico y un poco de teatro institucional.

Muchas empresas interpretan la presencia simultánea de varias siglas oficiales como señal de que existe una coordinación real detrás del mensaje. Esa lectura favorece al estafador. Las oficinas sí cooperan en materia antifraude, pero no delegan un canal secreto de bloqueo preventivo en intermediarios desconocidos que escriben por sorpresa y exigen pagos elevados en cuestión de horas.

No existe un carril oficial rápido para “bloquear” una solicitud ajena

Aquí es donde más se deforma la decisión empresarial. Presentar una solicitud con urgencia no equivale a resolver el problema con urgencia. En el Reino Unido, la solicitud pasa por examen y publicación, y luego existe una ventana formal para la oposición de terceros. La tasa oficial de presentación parte de 205 libras esterlinas; por eso, cualquier supuesto paquete de “intervención oficial” vendido muy por encima de ese marco normal debería encender alarmas de inmediato. Una solicitud precipitada, sin búsqueda previa, sin una estrategia de clases y sin análisis de registrabilidad, puede crear un segundo problema en vez de neutralizar el primero.

En la práctica europea la lección es la misma. Ya existen herramientas oficiales para verificar derechos anteriores, y la EUIPO mantiene advertencias antifraude y un registro consultable de facturas engañosas. Si quien contacta no puede señalar una solicitud real, una publicación real o una trazabilidad verificable del expediente, no está ofreciendo procedimiento. Está empaquetando ansiedad con apariencia de procedimiento.

La respuesta útil no es un filing de pánico, sino una cadena de verificación

Cuando llega un mensaje así, lo primero no debería ser pagar ni discutir con el remitente. Lo sensato es desacelerar la operación y verificar cada pieza: el dominio del correo, el estatus regulatorio del abogado o representante nombrado, la existencia del número de solicitud citado y la presencia real de la marca en las bases de datos británicas o europeas en la forma descrita. Si una sola de esas piezas no encaja, la decisión de pago también debería detenerse.

La lección de fondo es operativa. La protección marcaria transfronteriza ya no puede gestionarse al margen del control interno de pagos. Marketing, ventas, jurídico y asesores externos deberían trabajar con una misma regla: todo mensaje no solicitado que afirme que un tercero va a apropiarse de la marca y que exija un pago inmediato para impedirlo debe pasar primero por un circuito único de verificación. Esta estafa prospera cuando la presión externa corre más rápido que el proceso interno. Si se corrige ese desfase, gran parte de su eficacia desaparece.

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El contenido de esta sección se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico ni una recomendación formal de servicios. Para cualquier asunto concreto, le recomendamos considerar las circunstancias específicas de su caso y tomar como referencia la normativa, las políticas y la práctica más recientes de las autoridades competentes.