La USPTO endurece el umbral de un año para retrasos no intencionales
La USPTO ha adoptado una regla final que endurece la vía de recuperación basada en retraso no intencional cuando el retraso supera un año. Publicada en el Registro Federal el 24 de junio de 2026 y con entrada en vigor el 13 de agosto, la medida reduce de dos años a uno el punto a partir del cual la Oficina exigirá una explicación fáctica más sólida. El cambio no se limita a solicitudes abandonadas: también alcanza reivindicaciones tardías de prioridad o de benefit, pagos tardíos de tasas de mantenimiento y omisiones de plazo en asuntos de diseños internacionales del Sistema de La Haya con efecto en Estados Unidos.
No es una noticia meramente procesal para casos extremos. Cambia la forma en que las empresas deberían gestionar alertas internas, escalación y decisiones de rescate. Desde el 13 de agosto, una petición presentada más de un año después del acto omitido se enfrentará a una carga informativa más exigente y al nivel superior de tasa de petición. Los retrasos internos para decidir si vale la pena corregir el problema serán mucho más difíciles de sostener.
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El cambio real es probatorio, no terminológico
La regla no crea una nueva definición jurídica de “no intencional”. Lo que hace es reducir la comodidad de apoyarse en una mera declaración cuando el retraso ya es prolongado. A partir de la nueva línea de un año, la cuestión práctica deja de ser si el solicitante puede invocar la fórmula correcta. Pasa a ser si puede reconstruir de forma creíble todo el periodo de retraso.
Ahí está el giro importante. Muchas organizaciones habían tratado estas peticiones como una válvula de seguridad siempre que no hubiera un abandono deliberado. Con la nueva regla, esa suposición pierde fuerza. Si el expediente quedó sin seguimiento, si cambió el responsable, si las instrucciones al agente externo se demoraron o si la aprobación interna de pagos se atascó, esos hechos pueden pasar al centro del análisis. Cuanto más largo sea el silencio, más difícil será explicar la secuencia con limpieza.
No solo importan las solicitudes abandonadas
La reacción inmediata suele centrarse en la reactivación de solicitudes abandonadas. Pero el alcance es bastante más amplio. La regla también afecta prioridades extranjeras presentadas tarde, benefit claims domésticos, pagos tardíos de maintenance fees y fallos para actuar dentro de los plazos prescritos en solicitudes internacionales de diseños del Sistema de La Haya respecto de Estados Unidos. En muchas carteras, precisamente ahí es donde los errores se acumulan sin que se detecten enseguida.
Los pagos de mantenimiento son un buen ejemplo: el problema no siempre es el olvido inicial, sino el tiempo que transcurre entre descubrirlo y decidir corregirlo. Con prioridad y benefit ocurre algo parecido. A veces el error no sale a la luz hasta una revisión más profunda por estrategia de prosecution, due diligence o preparación de enforcement. Para entonces, el expediente puede haber entrado ya en la franja más dura.
La línea de un año obliga a escalar antes
La consecuencia práctica es clara: el tiempo entre detectar un problema y autorizar la medida correctiva ahora pesa mucho más. Algunas empresas habían usado ese intervalo como un espacio de decisión interna para valorar coste, utilidad comercial y posibilidades reales de rescate. Ese margen sigue existiendo, pero sale bastante más caro si se deja correr demasiado.
El enfoque más prudente es tratar el abandono, la omisión de prioridad, la falta de pago de maintenance fees y los fallos de plazo en asuntos de La Haya como eventos de escalación inmediata. Los equipos jurídicos, de docketing, agentes externos y finanzas deberían saber de antemano quién puede aprobar una presentación correctiva en poco tiempo. En carteras multinacionales esto importa aún más, porque los hechos necesarios para explicar el retraso suelen estar repartidos entre sistemas internos, corresponsales y proveedores.
Qué conviene hacer antes del 13 de agosto
Primero, identificar los asuntos de patente en Estados Unidos que todavía podrían requerir una petición basada en retraso no intencional y que ya estén cerca o más allá de un año. Segundo, revisar si el sistema de control de plazos realmente eleva estas incidencias en lugar de tratarlas como excepciones administrativas corrientes. Tercero, preparar desde ahora una estructura básica de soporte: cronología, momento del descubrimiento, responsables, medidas correctivas y documentos que respalden cada paso.
La USPTO no está cerrando por completo la puerta a estas peticiones. Está reduciendo el espacio para la inercia. Las empresas que todavía gestionan los plazos estadounidenses con la lógica de “ya lo arreglaremos después” notarán el cambio antes que nadie. Las que adelanten detección, escalación e instrucciones llegarán al 13 de agosto con una posición mucho más sólida.



