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México estrena su nuevo reglamento de propiedad industrial y refuerza su papel en el PCT

El nuevo Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de México entró en vigor el 22 de julio de 2026 y sustituyó el marco vigente desde 1994. La norma desarrolla la presentación electrónica, las notificaciones, la prueba y los procedimientos administrativos de observancia, además de crear una estructura específica para procedimientos de infracción en línea. Esa vía digital todavía no está plenamente operativa: el IMPI debe emitir el acuerdo de aplicación y las disposiciones transitorias le conceden un plazo máximo de 18 meses. Junto con las reformas legales que comenzaron a regir en abril, el nuevo sistema también fija plazos máximos para determinados expedientes, entre ellos hasta cinco meses para solicitudes de marca sin requerimientos ni oposiciones y hasta un año desde el inicio del examen de fondo para patentes, modelos de utilidad y diseños industriales.

En el plano internacional, la Asamblea del PCT aprobó al IMPI como Administración encargada de la búsqueda internacional y del examen preliminar internacional. Cuando inicie operaciones, se prevé que sea la vigesimosexta autoridad internacional del PCT y que amplíe las opciones disponibles para solicitantes de América Latina y del mercado hispanohablante. El comienzo de los servicios se espera en 2027, aunque la fecha exacta dependerá de la notificación formal del IMPI y de las designaciones de las Oficinas receptoras competentes. Para empresas y titulares de derechos, la consecuencia inmediata es revisar calendarios de respuesta, reforzar la conservación de prueba digital y replantear futuras estrategias de búsqueda PCT, sin dar por hecho que el procedimiento de infracción en línea ya puede utilizarse o que enero de 2027 sea una fecha definitivamente confirmada.

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El contenido de esta sección se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico ni una recomendación formal de servicios. Para cualquier asunto concreto, le recomendamos considerar las circunstancias específicas de su caso y tomar como referencia la normativa, las políticas y la práctica más recientes de las autoridades competentes.