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Corea del Sur simplifica los trámites de marcas del Sistema de Madrid

El 3 de julio de 2026, el Ministerio de Propiedad Intelectual de Corea del Sur (MOIP) anunció una modificación del Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas, aplicable desde el 17 de junio. Para los registros internacionales que designan a Corea del Sur mediante el Sistema de Madrid, se amplía la exención de presentar por separado la notificación de representante. Antes, la exención se aplicaba cuando el primer escrito era una solicitud de prórroga de un plazo designado; ahora también cubre las solicitudes de prórroga de un plazo legal.

El ajuste es limitado, pero útil en la práctica. Puede reducir comunicaciones evitables y subsanaciones derivadas de defectos no sustantivos, sobre todo para solicitantes no residentes que actúan mediante representantes locales. No modifica los criterios de examen de fondo ni garantiza por sí solo una tramitación más rápida, por lo que conviene seguir verificando la representación, el tipo de plazo y los requisitos formales antes de utilizar el procedimiento simplificado.

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El contenido de esta sección se ofrece únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico ni una recomendación formal de servicios. Para cualquier asunto concreto, le recomendamos considerar las circunstancias específicas de su caso y tomar como referencia la normativa, las políticas y la práctica más recientes de las autoridades competentes.